Economía
Google acusa a la Agencia Española de Protección de Datos de ejercer la censura
El buscador Google ha acusado de ejercer censura gubernamental a la Agencia Española de Protección de datos, por obligarle a retirar 270 enlaces a resultados de búsqueda. Sin embargo, la compañía se ha negado a hacer efectiva esa petición.
Según la compañía norteamericana, se ha pedido que se retiran referencias a blogs y artículos de periódicos que hacían referencia a personas y figuras públicas, entre las que figuraban alcaldes o fiscales.
Según la Agencia, el buscados sólo borró el 8% de las peticiones de la policía y otras fuentes no judiciales. Sin embargo, sí hizo caso del 78% de las peticiones de los tribunales de justicia
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FUENTE:EL BOLETIN.com
CGAE y AEPD amparan la ‘nube’ para los bufetes pero alertan de sus riesgos
El Consejo de la Abogacía y la Agencia de Protección de Datos elaboran una guía para que los despachos de abogados puedan usar el cloud computing con los criterios de seguridad que garanticen el secreto profesional y la salvaguarda de los datos. El informe adelanta los criterios que quedarán reflejados en un próximo dictamen de las autoridades europeas
El presidente del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Carlos Carnicer, y el director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), José Luis Rodríguez, han presentado en la sede de la Abogacía el informe que lleva por título: “Utilización del ‘cloud computing’ por los despachos de abogados y protección de datos de carácter personal”.
Carnicer ha especificado que “este informe salió de la comisión correspondiente del CGAE con el objeto de detectar los peligros que podía conllevar la nube para la profesión, y para ello hemos elegido a los mejores para ello, que es la Agencia Española de Protección de Datos”. El presidente de la Abogacía ha recalcado en la presentación del informe en “la necesidad de salvaguardar el secreto profesional en el uso de las nuevas tecnologías de la información por parte de los profesionales”.
Para el director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Rodríguez “se trata de un informe pionero porque las autoridades europeas están elaborando un dictamen sobre la implicación del cloud computing en la protección de datos”.
Rodríguez ha destacado además que “la normativa aplicable es la ley del Estado donde está ubicado el responsable del tratamiento del fichero, en este caso el bufete de abogados. Por ello, los proveedores de ‘cloud computing’ deben adecuar su oferta a la legislación española y europea teniendo en cuenta la transparencia, la certeza y la seguridad jurídica”.
El vicepresidente del CGAE y presidente de la Comisión de Programas, Estructuras y Aplicaciones Informáticas para la Abogacía y la Justicia del CGAE, Pere Lluis Huguet, ha asegurado que “al final vamos a acabar todos en la nube, pero tiene unos riesgos que ha habido que analizar para poder trabajar en el mejor sistema”.
Ventaja para todas las firmas
El informe refleja que el cloud computing supone una ventaja para los despachos de abogados, incluso para los más pequeños, ya que permite acceder a todos estos servicios desde cualquier lugar que tenga internet, pagar sólo por los realmente utilizados y ahorrar en la infraestructura de hardware.
Sin embargo, aunque esto afecta a todos los ciudadanos, el informe concluye que los abogados deben saber y conocer especialmente cuáles son los riesgos que puede suponer la aplicación y el uso de estas tecnologías en su profesión y también en relación con sus clientes, ya que están en juego asuntos de enorme importancia como el secreto profesional o la protección de los datos que manejan.
En este sentido, Carnicer afirmó en la presentación del informe que el CGAE junto a los 83 colegios de abogados “iniciarán una campaña para informar y formar a los abogados en este tema. El Consejo tiene el deber de poner a disposición de todos los letrados las mismas herramientas de trabajo”.
El letrado también debe debe asegurarse de que el proveedor de servicios garantiza también que los documentos allí depositados no tienen riesgo de pérdida y estarán siempre disponibles para su uso sólo por quien lo ha contratado. De forma específica, se debe revisar que exista:
- Disponibilidad permanente del servicio y portabilidad de la información.
- Cumplimiento de la legislación nacional e internacional aplicable en función de la territorialidad y específicamente en materia de protección de datos. El proveedor debe asumir su papel como encargado de tratamiento de ficharos.
- Gestión de las subcontrataciones para el tratamiento de la información.
- Garantía en el acceso a los datos: la información solo puede ser accesible para el despacho de abogados que lo ha contratado.
- Integridad y conservación de los datos; gestión de copias de seguridad; recuperación ante desastres; continuidad del servicio.
- Consecuencias por incumplimiento de las obligaciones contraídas
LEER ARTICULO:http://www.expansion.com/2012/06/18/juridico/1340043716.html?cid=GNEWS600103
FUENTE:Expansión.com
Google se niega a retirar 270 enlaces pedidos por Protección de Datos y le acusa de querer "censurar
Google se ha negado a retirar 270 enlaces a resultados de búsqueda que solicitó la Agencia Española de Protección Datos (AEGD) en el segundo semestre de 2011 y ha acusado al organismo de pretender ejercer "censura" gubernamental. Mientras, fuentes de la agencia consultadas por Europa Press han rechazado de plano esta acusación y han recordado a la compañía estadounidense que actúan como un "organismo independiente" en defensa de los derechos de ciudadanos particulares.
Google se ha negado a retirar 270 enlaces a resultados de búsqueda que solicitó la Agencia Española de Protección Datos (AEGD) en el segundo semestre de 2011 y ha acusado al organismo de pretender ejercer "censura" gubernamental. Mientras, fuentes de la agencia consultadas por Europa Press han rechazado de plano esta acusación y han recordado a la compañía estadounidense que actúan como un "organismo independiente" en defensa de los derechos de ciudadanos particulares.
Según el 'Informe de transparencia' hecho público por Google este lunes, en el segundo semestre de 2011, la AEGD realizó peticiones al buscador para que retirara de sus servidores hasta 270 enlaces a "blogs y artículos de periódico que hacían referencia a personas y a figuras públicas, incluyendo alcaldes y fiscales", a lo que el buscador se negó.
En general, de las 283 peticiones que Google recibió de la agencia, la policía y otras fuentes no judiciales para borrar de sus servidores enlaces, videos de YouTube o 'post' de blogs atendió al 8 por ciento. Además, Google recibió 18 peticiones de tribunales de justicia para retirar de sus archivo 24 enlaces, de las que cumplió el 78 por ciento de las peticiones.
En este sentido, la analista de Políticas Públicas de Google Dorothy Chou ha indicado en el blog oficial de la compañía en España que el cumplimiento de la compañía con las solicitudes que vienen de los tribunales es mayor que aquellas peticiones "informales" que llegan de los Gobiernos, con las que desde el buscador se han mostrado críticos. Concretamente, en el segundo semestre de 2011, Google cumplió con un promedio de 65 por ciento de órdenes judiciales llegadas de todo el mundo frente a un 47 por ciento de peticiones "más informales".
En relación a estas peticiones informales, Chou ha señalado que "es alarmante, no sólo porque esté en juego la libertad de expresión, sino también porque algunas de las peticiones proceden de países insospechados, democracias occidentales que no se asocian habitualmente a la censura" y se ha referido concretamente al caso de España.
"Por ejemplo, durante la segunda mitad del año pasado, los legisladores españoles nos pidieron que elimináramos 270 resultados de búsqueda que enlazaban con blogs y artículos de periódico que hacían referencia a personas y a figuras públicas, incluyendo alcaldes y fiscales", señala Chou que compara esa petición con otra recibida de una institución pública de Polonia que pidió al buscador que eliminara los enlaces a un sitio "que los criticaba". "No satisficimos ninguna de estas dos peticiones", ha indicado la portavoz de Google.
LA AEPD RECHAZA LA ACUSACIÓN DE CENSURA
Desde la AEPD, fuentes consultadas por Europa Press han señalado que, en el caso español, no se puede hablar de "requerimientos gubernamentales", ya que los requerimientos a Google provienen de "la agencia como organismo independiente que tutela el derecho fundamental a la protección de datos de los ciudadanos". Así, las mismas fuentes han explicado "no se trata de censura", sino del derecho que cualquier ciudadano tiene de "poder controlar su información personal".
En este sentido, la AEPD señala que la mayoría de peticiones que se hicieron a Google se referían a "noticias publicadas en el pasado" o "boletiens oficiales" que hablaban de personas que se habían dirigido a la agencia para pedir que se "limitara su difusión" en el buscador.
Es decir, no se trata de impedir que un medio o un blog publique una noticia sobre una persona sino de "limitar su difusión cuando existe una lesión a un ciudadano" una vez que ya no es noticia, lo que se conoce como derecho al olvido, según explican desde la AEPD. Igualmente, la AEPD ha recordado que en distintas ocasiones la agencia no ha estimado esa tutela cuando ha considerado que la información se refería a un personaje público, tenía interés general y estaba vigente.
AUMENTO DE PETICIONES
El informe de Google apunta también un aumento de las peticiones por parte de la AEPD en el segundo semestre de 2011 en comparación con periodos anteriores. Así, de los 30 enlaces que la agencia pidió retirar en el primer semestre de 2011, se pasó a 270 en la segunda parte del año. Además, la agencia realizó cuatro peticiones para la retirada de videos de YouTube, el doble que en el primer semestre del año.
Mientras, desde los tribunales españoles se realizaron cinco peticiones para la retirada de videos en YouTube; once, para la retirada de 'post' de blogs y dos de Gmail, mientras que no se realizó ninguna petición para la retirada de enlaces.
FUENTE:ecodiario
PREMIO
La Agencia Española de Protección de Datos convoca la XVI edición de los “Premios Protección de Datos Personales”
Los premios quieren reconocer aquellos trabajos que supongan una aportación destacada en la difusión del derecho a la protección de datos
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha convocado la XVI edición de los "Premios Protección de Datos Personales", en las categorías de "Investigación" y "Comunicación".
La Agencia convoca estos premios con el objetivo de reconocer aquellos trabajos que, ya sea en el campo de la comunicación o en el de la investigación, supongan una aportación destacada a la promoción del derecho fundamental a la protección de datos, y contribuyan a fomentar la concienciación de quienes manejan información personal sobre sus responsabilidades en esta materia.
El premio, dotado con 3.000 euros, así como un accésit de 1.500 euros, tiene por objeto reconocer los trabajos de medios y profesionales de la comunicación que hayan contribuido de forma destacada a promover el conocimiento de los ciudadanos de sus derechos en materia de protección de datos personales.
Podrán optar a este premio trabajos individuales -como un editorial, noticia, reportaje, o programa de radio o televisión- puntualmente dedicados a la materia objeto de la convocatoria, así como proyectos periodísticos -tales como series de noticias o secciones especializadas- que definan un compromiso editorial con la promoción del derecho fundamental a la protección de datos. Es requisito para optar al premio que los trabajos hayan sido difundidos a través de cualquier medio de comunicación entre el 16 de octubre de 2011 y el 15 de octubre de 2012.
El premio podrá otorgarse a uno o varios trabajos, relativos al tema de la convocatoria, publicados o difundidos en un mismo medio de comunicación. En el caso de tratarse de varios trabajos, éstos se considerarán conjuntamente a efectos de valoración por parte del jurado.
Este premio tiene por objeto premiar los trabajos de investigación de mayor mérito, tanto individuales como colectivos, que versen sobre protección de datos personales desde un plano jurídico, económico, social o técnico, ya sea con un enfoque estrictamente teórico o a partir de experiencias concretas.
En esta edición se crea una nueva modalidad de premios con el fin de fomentar y desarrollar la protección de este derecho fundamental en los países iberoamericanos. Bajo el nombre de "Trabajos originales e inéditos que versen sobre el derecho a la protección de datos en países iberoamericanos", esta nueva modalidad pretende distinguir de manera singular las aportaciones que surjan en la Red Iberoamericana de Protección de Datos, un foro creado como respuesta a la necesidad de fomentar, mantener y fortalecer un estrecho y constante intercambio de información, experiencias y conocimientos entre los países iberoamericanos en materia de protección de datos.
Este premio se convoca en dos modalidades:
Modalidad A. Trabajos originales e inéditos
Podrán presentarse a esta modalidad trabajos individuales o colectivos, monografías, artículos científicos, tesis doctorales o trabajos de investigación no publicados, con incidencia en la protección de datos personales. La obra se acompañará de un resumen, en castellano o en inglés, de un máximo de 1.000 palabras, debiendo aportar original y copia en formato digital.
Modalidad B. Trabajos originales e inéditos que versen sobre el derecho a la protección de datos en países iberoamericanos
A esta candidatura podrán presentarse trabajos individuales o colectivos no publicados, cuya temática aborde aspectos cuyo objeto de estudio se centre en el análisis de la incidencia de la protección de datos en la realidad social, económica, jurídica o de otra índole de los países iberoamericanos. Los trabajos deberán acompañarse de un resumen en castellano o en inglés de un máximo de 1.000 palabras, aportando original y copia en formato digital.
Ambas modalidades están dotadas con un premio de 3.000 euros y un accésit de 1.500 euros.
Plazos de presentación
Tanto los trabajos destinados al premio de "Comunicación" como los de "Investigación" deberán dirigirse a la Secretaría General de la Agencia Española de Protección de Datos, y podrán presentarse hasta el próximo 15 de octubre de 2012 en el Registro General de la AEPD (C/ Jorge Juan, 6 – 28001, Madrid), o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar en el sobre la misma dirección.
Los "Premios Protección de Datos Personales" serán concedidos por un jurado compuesto por el Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos, bajo la presidencia de su director.
URL:http://www.elderecho.com/actualidad/Agencia-Espanola-Proteccion-XVI-Personales_0_417375013.html
FUENTE:El Derecho
Protección de Datos pide a Google frenar la difusión, no eliminar contenidos
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha explicado hoy que sus peticiones de retirada de contenidos a Google no persiguen eliminar la fuente de una información que resulta lesiva para un ciudadano, sino la difusión "universal" de la misma en el buscador.
La compañía tecnológica ha informado hoy de que la AEPD envió en el segundo semestre de 2011 un total de 14 solicitudes para retirar 270 resultados de búsqueda que enlazaban a blogs y sitios que hacían referencia a particulares y personajes públicos, así como eliminar tres blogs de Blogger y tres vídeos de YouTube. Google ha desestimado todas esas peticiones.
"Esta es la quinta vez que publicamos este informe. Y como en las anteriores ocasiones, nos han pedido que quitemos discursos políticos. Es alarmante no solo porque peligra la libertad de expresión, sino porque algunas de estas peticiones proceden de países de los que no lo esperarías, democracias occidentales no asociadas con censura", ha asegurado la compañía en su blog oficial.
En respuesta a ese informe de transparencia, la Agencia Española de Protección de Datos ha negado que sus actuaciones sean un intento de "censura".
La AEPD ha recordado que actúa cuando un ciudadano solicita su derecho de oposición y de cancelación de la indexación por parte de Google de informaciones que le generan un perjuicio "muy grave", habitualmente procedentes de hemerotecas digitales o boletines oficiales.
"Cuando existe una prevalencia de la libertad de expresión, cuando la información está vigente, nosotros nunca pedimos la eliminación en el medio de comunicación, por eso no estamos de acuerdo con que se hable de censura", han explicado a Efe fuentes de la AEPD.
La Agencia ha sostenido que sus peticiones a Google pretenden limitar la indexación y la difusión universal y masiva de informaciones que generan una lesión a un ciudadano.
Además, considera una "tergiversación" el que la compañía tecnológica estadounidense mezcle sus resoluciones con las peticiones gubernamentales de retirada de datos porque la AEPD es una "organización independiente".
Desde la Agencia han recordado que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a instancias de la Audiencia Nacional, debe pronunciarse acerca de las pretensiones de Google de remitir la tutela sobre los datos de los ciudadanos europeos a la justicia estadounidense.
Para la AEPD, el que los ciudadanos españoles afectados por la difusión de contenidos en el buscador de internet tengan que desplazarse a Estados Unidos para defender sus derechos, tal y como plantea Google, conlleva un "riesgo de indefensión".
FUENTE:ecodiario