La Agencia Tributaria de Baleares (ATIB) concentrará en una única gestión los trámites tributarios relacionados con un hecho, acto o negocio jurídico en que intervienen notarios aprovechando las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías de la información y la plataforma telemática desarrollada por este órgano dependiente del Govern.
Así, el presidente de la ATIB, Carles Manera, ha firmado un convenio con el presidente del Consejo General del Notariado, Javier Guerrero, y el decano del Colegio Notarial de Baleares, Andreu María Monserrat, para la aplicación de las nuevas tecnologías en la gestión tributaria.
Gracias a este acuerdo, los notarios autorizantes de documentos o escrituras que contengan hechos, actos o negocios jurídicos gravados por impuestos que gestiona la ATIB (impuestos sobre transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados o sucesiones y donaciones, impuesto sobre bienes inmuebles o el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana) podrán realizar, a solicitud del obligado tributario o su representante, una serie de trámites.
Concretamente, podrán suministrar información sobre el valor de los bienes inmuebles situados en Baleares que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión y efectuar la presentación por vía telemática de las autoliquidaciones del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha convocado la XV edición de los 'Premios Protección de Datos Personales', en las categorías de 'Investigación' y 'Comunicación y Difusión'.
La Agencia convoca estos premios con el objetivo de reconocer aquellos trabajos que, ya sea en el campo de la comunicación o en el de la investigación, supongan una aportación destacada a la promoción del derecho fundamental a la protección de datos, y contribuyan a fomentar la concienciación de quienes manejan información personal sobre sus responsabilidades en esta materia.
El premio de Protección de Datos Personales de Comunicación y Difusión tiene por objeto reconocer los trabajos que signifiquen una aportación destacada a la promoción del conocimiento de los ciudadanos de los principios del derecho fundamental a la protección de datos personales. Este premio se convoca en dos modalidades:
Modalidad A. Comunicación
Podrán optar a este premio trabajos individuales -como un editorial, noticia, reportaje, o programa de radio o televisión- puntualmente dedicados a la materia objeto de la convocatoria, así como proyectos periodísticos -tales como series de noticias o secciones especializadas- que definan un compromiso editorial con la promoción del derecho fundamental a la protección de datos.
Podrán optar al premio aquellos trabajos que hayan difundidos a través de cualquier medio de comunicación entre el 16 de octubre de 2010 y el 15 de octubre de 2011.
FUENTE: www.eleconomista.es
La reforma del Código Penal que introduce la responsabilidad penal de las personas jurídicas va a obligar a las empresas que quieran evitar o atenuar su responsabilidad penal a demostrar que ejercen el debido control sobre sus administradores y empleados. Y para demostrarlo, las empresas tienen que adoptar reformas en su estructura de personas, sistemas y procesos, entre otras, introduciendo un canal de denuncias, que constituye un elemento nuclear del modelo.
La encuesta bienal que PwC Forensic elabora a nivel mundial sobre delito económico y fraude empresarial demuestra que el 42% de los casos se descubren a través de la denuncia… Por ello, si se trata de demostrar al juez que la empresa ejerce el debido control para obtener justicia, evitando medidas cautelares y costosas sanciones, nada mejor que tener activo un canal de denuncias interno y externo, cuyos resultados sean la mejor demostración del ejercicio de ese control.
El problema que tenemos en España es el tradicional desprecio al denunciante, a quien de entrada se le llama soplón o chivato y de salida se le represalia, matando al mensajero... Además la denuncia es delación y se carga de una significación negativa, (que no sé por qué no se reconoce en el DRAE), cuando lo denunciado es algo moralmente legítimo o inane (al judío en la Europa nazi, al demócrata en las dictaduras comunistas o al fumador en España). Entonces el denunciante es delator o acusica y merece todo el escarnio por canalla o idiota… Pero eso es una cosa, y otra muy distinta, en un Estado de Derecho, es denunciar el delito, cuando es delito. Nadie tiene que tener reparos por denunciar el delito, porque es un comportamiento ético y cívico. Y nadie tiene que poner trabas al denunciante.
La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una multa de 60.101 euros a la compañía Cableuropa S.A.U. por una infracción grave tras haber publicado en las Páginas Blancas de Zamora el carné de identidad de un abonado telefónico, según una resolución dictada por el director del organismo a mediados del pasado mes de diciembre.
Cableuropa es un grupo empresarial que integra diferentes sociedades concesionarias de licencias para la prestación de servicios integrados de telecomunicaciones, como teléfono, televisión e internet y que opera bajo la marca ONO.
La Agencia de Protección de Datos recibió una denuncia el 19 de mayo de 2009 en la que un ciudadano expone que en la edición de papel de las Páginas Blancas 2008-2009 como en la edición de internet del mismo servicio aparece publicado su nombre, dos apellidos, dirección y número de teléfono además de su DNI cuya publicación no ha autorizado. Se dirigió a través de su abogado a Yell Publicidad S. A. empresa editora de la guía de Páginas Blancas solicitando la cancelación de este dato. Yell explica al abogado del denunciante que edita Páginas Blancas por cuenta de Telefónica, quien a su vez recoge la información de cada operador a través del sistema de gestión de abonados de la Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones. Yell Publicidad retiró el dato del carné de identidad que aparecía junto al segundo apellido del denunciante de la página web, si bien le indicó que tenía que ponerse en contacto con el operador de acceso, Cableuropa, para corregir el dato en las Páginas Blancas de papel.
Cableuropa explicó que debido a un error del servicio de atención al cliente se envió el DNI junto con el segundo apellido a la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones. Asimismo la empresa alegó que no existe infracción y en caso de haberla fue sin intencionalidad alguna, ya que se trató de un error humano involuntario del que no obtuvo beneficio alguno. Indica además que cuanto tuvo conocimiento de la incidencia comunicada por el denunciante actuó diligentemente.
El Arzobispado de Valencia ha expresado este martes su "satisfacción" por la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de inadmitir a trámite el recurso de amparo planteado por la Agencia Española de Protección de Datos para permitir que cualquier ciudadano pueda rectificar o cancelar la información personal recogida en los libros bautismales de la Iglesia, por considerar que la entidad "carece de legitimación" para pedir el citado amparo.
Fuentes del Arzobispado han explicado a Europa Press que los libros de bautismos "no constituyen ficheros de datos personales, ni sus asientos prejuzgan la pertinencia actual a la Iglesia Católica".
Además, el Arzobispado ha destacado la "inviolabilidad" de los libros de bautismo y considera que la orden de la Agencia de Protección de Datos de que se añadiera por escrito las anotaciones en los libros de bautismo "infringe el acuerdo de 1979 entre España y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos".
En concreto, el acuerdo, en su apartido 1.6, expresa que el Estado y la Iglesia "garantizarán la inviolabilidad y la confidencialidad de los archivos y registros de la Iglesia".
FUENTE: www.europapress.es