Que la Iglesia borre el nombre del apóstata del registro bautismal o que anote su decisión de renegar de la fe católica en la partida de bautismo sigue siendo imposible en España. Al menos por la vía judicial. El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado un recurso de amparo de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) contra la sentencia del Tribunal Supremo que en el 2008 dio la razón a la Iglesia al sostener que los libros de bautismo no están sujetos a la ley de protección de datos. También estableció que las personas que decidan “darse de baja voluntariamente en la fe católica” no pueden exigir la anotación de la apostasía en su partida de bautismo.
La sala de lo contencioso-administrativo del Alto Tribunal argumentó en su resolución que los libros de bautismo no tienen la categoría de ficheros porque son una “pura acumulación” de datos y que comportan, continúa, “una difícil búsqueda, acceso e identificación en cuanto no están ordenados ni alfabéticamente, ni por fecha de nacimiento, sino solo por las fechas de bautismo”.
A TÍTULO INDIVIDUAL // Según explicó ayer el director de la AEPD, Artemi Rallo, el TC no entra a valorar el fondo del asunto sino que rechaza el recurso del organismo por motivos meramente procesales al estimar que la agencia “no está legitimada para presentar un recurso de amparo”. La resolución de la sala primera, integrada por cinco magistrados, ha contado con el voto particular de uno de ellos, Pablo Pérez Tremps, que discrepa del resto al entender que la AEPD está habilitada para interponer ese recurso. “Solo cabe ahora que los ciudadanos presenten recurso a título individual”, explicó el castellonense Rallo.
El auto del TC también ha rechazado otros dos recursos de la Fiscalía General del Estado y de un particular, por lo que respalda a la Iglesia en su negativa a cancelar los datos personales de aquellos ciudadanos que apostatan y quieren darse de baja en los libros bautismales.
El presidente de Europa Laica, Francisco Delgado, criticó la resolución del TC y aseguró que “diga lo que diga, la ciudadanía no lo entiende ya que todos los españoles tienen el derecho de darse de baja en cualquier entidad reconocida por la Constitución”.
FUENTE: www.elperiodicomediterraneo.com