Fotos panorámicas de riesgo para la intimidad
Los responsables de la protección de datos van a remolque de las nuevas tecnologías

La protección de datos personales siempre ha estado reñida y estrechamente ligada a la aparición de nuevas tecnologías. Y las normas y leyes para proteger la intimidad de los ciudadanos siempre se han dictado a remolque de esos avances tecnológicos. El último grito en sistemas de identificación de ciudadanos se llama Gigapan. Es una tecnología –en principio pensada para uso militar– que permite tomar fotografías en alta resolución. Esas imágenes corren ya por internet y en ellas se puede identificar, una a una, a miles de personas que acuden, por ejemplo, a una manifestación. Es el último avance tecnológico con el que ahora tienen que lidiar los encargados de la protección de los datos personales en su continua lucha para velar por el derecho que todo ciudadano tiene a su privacidad.

Esta es una tarea que ya viene de lejos. La primera sentencia que mentó el derecho a la intimidad se dictó a raíz de un caso datado en 1890. Un abogado de Boston, Samuel Warren, consideró que un periódico se inmiscuyó en su vida personal al publicar fotografías de su esposa e hija, con comentarios sobre la ostentosa vida que llevaban esas dos mujeres. "Así nació –afirma Ramon Arnó, responsable jurídico del portal Familia Digital– el derecho a la vida privada, o lo que es lo mismo, a estar tranquilo y llevar una vida en paz". En 1930 se registró en Alemania otro caso flagrante de divulgación de datos personales. Hitler utilizó años más tarde esa información recogida en una máquina tabuladora IBM, indica Arnó, para descubrir a miles de judíos. Esas personas habían facilitado esos datos para la elaboración de un censo y después esa información se usó en su contra. Alemania quiso enmendar, de alguna manera, esa apropiación indebida de información personal y ese país fue pionero, en 1980, a la hora de elaborar las primeras leyes sobre protección de datos. Un año más tarde se firmó en Europa un convenio, con carácter de ley internacional, para velar por la privacidad de la información personal. Coincidió con la aparición en el mercado, recuerda Ramon Arnó, del primer PC de la marca IBM.

El trabajo de organismos como la Agencia Nacional de Protección de Datos se ha visto incrementado con la expansión de internet, "que es la máquina copiadora más grande del mundo", tal como la define ese abogado. En la red resulta muy fácil cruzar todo tipo de datos y obtener un perfil concreto de una persona. Y ante tanta y tan dispersa información resulta complicado discernir entre el derecho a la intimidad o el derecho a la libertad de expresión. La primera ley española sobre protección de datos data del año 1992. Y tal como indica una portavoz de la Agencia Española de Protección de Datos, la norma se puede infringir tanto con la difusión de una imagen identificable de una persona, como con la publicación de sus apellidos o direcciones postales. Pero como recalca Ramon Arnó, una imagen captada en un espacio público puede difundirse siempre y cuando "no se incluya esa fotografía en otro contexto o con una finalidad diferente a la de informar". El ciudadano tiene, sin embargo, el derecho de solicitar que esa imagen captada en la calle que él no ha autorizado sea retirada. Una opción que no es posible, por otro lado, cuando ha sido el propio afectado el que ha colgado esa foto suya o información personal. Todos los datos que constan en los portales personales de relaciones de la red social pueden ser usados por terceras personas, siempre que tengan un fin informativo y se utilicen en el mismo contexto en el que fueron creados, añade Arnó.

Con el sistema Gigapan, uno de los riesgos por la alta resolución de esas fotografías se refiere al hecho de que se "pueda llegar a poner nombre y apellidos a esos rostros con un rastreo de esa imagen tan nítida con las colgadas, por ejemplo, en los perfiles de las redes sociales", aventura Arnó. Y es que cuando una imagen de una persona es identificable (como ocurre en el caso de esta avanzada tecnología) los riesgos de vulnerar su privacidad se multiplican. Ferran Lalueza, director del grado de Comunicación de la Universitat Oberta de Catalunya, alerta también sobre los peligros de esta nueva tecnología y considera que "la cara perfectamente identificable de una persona, incluso un menor, en un determinado momento y en un determinado lugar; la matrícula de un vehículo, o el interior de un domicilio particular, captado a través de una ventana aparentemente inaccesible, no se deberían divulgar públicamente de forma incondicional". Para Lalueza, a la difusión de estas fotografías de tan alta resolución se añade el componente lúdico derivado del carácter explorable que tienen estas imágenes, así como la pulsión voyeur que mayoritariamente subyace en el uso que se hace de ellas en las redes sociales. El sistema Gigapa tiene similitudes con el servicio Street View, que recoge imágenes en las calles de las ciudades. Fue lanzado por Google, y en ese caso intervino la Agencia de Protección de Datos, que requirió a la empresa "para acotar el sistema con el fin de garantizar el anonimato de los rostros y las matrículas de los coches, y evitar así que los ciudadanos que pasaban por esas calles en el momento de captar la imagen fuesen identificados", recuerda una portavoz de la propia agencia.

Son pequeñas batallas ganadas en una guerra que no acaba y en la que cada día se abren nuevos frentes en internet. Lo que la presión social logró detener en Francia, en 1980, cuando el gobierno propuso crear una única base de datos para cada uno de sus ciudadanos, es una realidad que ahora se cumple en esa gran máquina copiadora, capaz de poner nombre, apellidos y dirección a una foto de un rostro humano.

URL:http://www.lavanguardia.com/tecnologia/20120228/54260723404/fotos-panoramicas-riesgo-intimidad.html

FUENTE:La Vanguardia

Obama reclamó protección para internautas

El presidente estadounidense pidió preservar la privacidad en Internet. Señaló que los consumidores no pueden "seguir esperando". El anuncio llega tras la polémica con los datos recabados por grandes empresas

En momentos en que los dispositivos móviles, los servicios de Internet y otras herramientas pueden rastrear con mayor precisión qué hacen y adónde van sus usuarios, funcionarios del gobierno presentaron el jueves la propuesta para una "Ley de derechos de privacidad del consumidor" e instaron a compañías de tecnología, grupos de consumidores y otros a elaborar conjuntamente nuevas protecciones.

Inicialmente dichas normas serían voluntarias para las compañías, pero quienes la acepten podrían quedar sujetos a sanciones por cualquier transgresión.

"A medida que Internet progresa, es esencial la confianza del consumidor para el crecimiento continuo de la tecnología digital", afirmó el presidente Obama en un comunicado. "Por eso es tan importante una ley de privacidad. Para que los negocios prosperen en línea, los consumidores deben sentirse seguros".

La iniciativa tiene lugar cuando las empresas han perfeccionado los medios de recopilar y combinar informaciones sobre los intereses y los hábitos de los consumidores. A partir de la semana próxima, por ejemplo, Google empezará a cruzar los datos que recoja desde correos electrónicos, videos, redes sociales y otros servicios, cada vez que se abra sesión en una cuenta manejada por el buscador.

El uso creciente de teléfonos multiusos y computadoras de bolsillo añade otra dimensión a ese rastreo. La tecnología de localización puede revelar a los proveedores de servicio información sobre los movimientos del cliente.

La recolección de datos puede ayudar a las compañías a mejorar y personalizar sus servicios. También puede ayudar a los anunciantes a canalizar publicidad a las personas con mayor probabilidad de adquirir sus productos y servicios, a menudo sin que los consumidores se den cuenta.

Es por eso que el Gobierno busca mayor protección a las informaciones de los sumarios en el informe difundido el jueves. El informe no se propone sustituir otros esfuerzos para ofrecer protecciones a la privacidad de los consumidores.

FUENTE:InfoBAE.com
La importancia de la protección de datos para las empresas altoaragonesas.

La Confederación Empresarial de la Provincia de Huesca (CEOS-CEPYME HUESCA) y la empresa oscense Aragón Centro de Formación han suscrito esta semana un convenio de colaboración por el que la Confederación de Empresarios ofrecerá a todas sus empresas asociadas el servicio de Protección de Datos de Carácter Personal, a través de este Centro Especializado de Formación, en condiciones muy ventajosas para las empresas.

Gracias a este convenio, se pretende dar un impulso más a los numerosos servicios que presta a las empresas altoaragonesas y cumplir así con su principal fin que no es otro que el de contribuir al desarrollo socioeconómico de la provincia de Huesca.

CEOS-CEPYME HUESCA ya venía prestando sus servicios profesionales de asesoramiento, gestión, evaluación y planificación en cuanto al cumplimiento de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, que ahora ofrecerá a través de Aragón Centro de Formación.

Además, prestará los servicios de asesoría legal de primera aproximación en consultas de protección de datos personales, que puedan formular las empresas y organizaciones empresariales asociadas, por lo que todas las semanas, un asesor de Aragón Centro de Formación atenderá personalmente desde las oficinas de la Confederación todas las dudas y consultas que le sean trasladadas por cualquier empresario integrado en CEOS a través de sus asociaciones sectoriales.

Conviene recordar que la confederación de empresarios oscenses puso en funcionamiento, en el año 2004, el Servicio de Protección de Datos de Carácter Personal al objeto de facilitar a las empresas altoaragonesas el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el R.D. 994/1999 de Medidas de Seguridad, y demás normativa al respecto.

Dada la obligatoriedad de todas estas medidas y ante la gran dificultad que pudiera representar el cumplimiento de las mismas para las empresas, la Confederación decidió ofrecer este importante servicio que comporta:

Definir las medidas de control jurídicas, técnicas y organizativas deben llevarse a cabo en la empresa para una correcta adecuación a la LOPD.

Se realizan la declaración de ficheros ante la Asociación Española de Protección de Datos, así como de la redacción del preceptivo Documento de Seguridad, los procedimientos establecidos en el Reglamento de desarrollo de la LOPD, las cláusulas y los documentos necesarios para el cumplimiento de la normativa.

Así mismo se averigua si existen transferencias internacionales de datos y en caso afirmativo se recomiendan las acciones oportunas.

Por otro lado, la labor de adecuación no acaba en la implementación de las medidas de seguridad adecuadas con respecto a la LOPD. Si la empresa ha tomado las medidas adecuadas, pero el trabajador desconoce los procedimientos, pueden existir errores humanos que abran un proceso de inspección que puede llegar a acabar en una sanción administrativa. Por lo que, conscientes de este hecho, la Confederación también ha desarrollado una acción formativa que mezcla un modulo presencial con otro modulo a distancia. Estos programas van dirigidos sobre todo a responsables de departamentos y áreas de actividad de la empresa, con el fin de que conozcan las obligaciones y responsabilidades de su personal.


FUENTE:Radio Huesca

Se alían principales compañías tecnológicas para mejorara privacidad

Tecnología • 22 Febrero 2012 - 7:11pm

Apple, Google, Microsoft entre otros, aceptaron someterse a normativa creada con el fin de proteger datos de cualquier aplicación que se distribuya en sus plataformas móviles.

Los Ángeles • Las compañías tecnológicas líderes en el negocio de los dispositivos móviles se aliaron para mejorar la protección de la privacidad de los consumidores de aplicaciones en teléfonos y tabletas, un compromiso auspiciado por las autoridades californianas que anunciaron hoy el acuerdo.

Apple, Google, Microsoft, Amazon, Hewlett-Packard (HP) y Research In Motion (RIM -BlackBerry-) aceptaron someterse a los principios recogidos en la normativa California Online Privacy Protection Act para fijar unos mínimos de protección de datos para cualquier aplicación que se distribuya en sus plataformas móviles.

Esa ley californiana requiere a los desarrolladores de software que dispongan de una política de privacidad para aquellos productos que capten información del usuario, según se explicó en un comunicado desde el Departamento de Justicia del estado.

Un reciente estudio evidenció que únicamente un 5 por ciento de todas las aplicaciones para dispositivos móviles tienen una política de privacidad en vigor que explique cómo se almacenan, se usan y se comparten los datos personales de los usuarios.

"Tu privacidad personal no debería ser el coste de utilizar aplicaciones móviles, pero demasiado a menudo así es", dijo Kamala Harris, fiscal general de California.

El acuerdo entre las grandes plataformas, especialmente representadas por Apple (iPhone y iPad) y Google, con su sistema operativo Android, permitirá a juicio de Harris que se beneficien no solo los residentes en California sino "millones de personas en todo el mundo que usan aplicaciones".

"Creamos más transparencia y damos a los usuarios un control más informado sobre quién accede a su información personal y qué se hace con ella", comentó Harris.

La Fiscalía de este estado indicó que la falta de supervisión en el floreciente negocio de las "apps" expone a los consumidores a que sufran intrusiones en su privacidad por parte de los propios desarrolladores de software, servicios de análisis y redes publicitarias.

Actualmente se calcula que hay más de 50.000 entidades o individuos que producen aplicaciones para teléfonos y tabletas, la mayoría, 600.000 para los sistemas de Apple, por 400.000 para Android.

Desde su aparición se han producido más de 35.000 millones de descargas de aplicaciones y se estima que para 2015 esa cifra rozará los 100.000 millones.

Apple, Google, Amazon y HP tienen su sede central en California, mientras que Microsoft está ubicado en el estado de Washington y RIM es canadiense.

URL:http://www.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/f8db089b0e2db8b2347556389a82f3fe

FUENTE:Milenio.com

Disponemos de herramientas suficientes para garantizar la privacidad"

El alarmismo causado por la sentencia del Tribunal Supremo sobre protección de datos es infundado

 

La alarma saltó hace unos días. Acompañada de confusión. El Tribunal Supremo anulaba el artículo 10.2.b (pdf) del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Esta norma exigía que, para tratar o ceder datos personales sin el consentimiento del usuario, dichos datos estuviesen en fuentes accesibles al público, es decir, en “ficheros que puedan ser consultados libremente sin más requisito que el pago de una contraprestación”.

La derogación de dicho artículo “no implica libertad absoluta para comercializar con datos personales, ni supone en realidad y a efectos prácticos, un cambio sustancial en el régimen existente actualmente”, explica Yolanda Peña, abogada experta en marketing y nuevas tecnologías.

Sin embargo, hubo titulares que convirtieron la noticia en varapalo a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y sentenciaron directamente la privacidad avisando a los usuarios de que, a partir de ahora, las empresas podrán utilizar sus datos como les plazca sin su consentimiento. No es así. La Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP) se aprestó a subrayar que “considerar que las empresas podrán comercializar datos personales sin pedir permiso supone una interpretación simplista y nada rigurosa del tenor literal de la sentencia”.

Por su parte, Peña considera que “se ha dado una información general de la sentencia un tanto alarmista”. “No hay que olvidar que el deber de información regulado en el artículo 5 de la LOPD implica la obligación de informar sobre la captación de los datos personales de forma previa a su tratamiento”, insiste la abogada. “Por lo tanto, aun cuando en determinados casos se pueda entender que no es preciso el consentimiento del interesado, siempre se exigirá el deber de información previo, respecto al cual el interesado podrá ejercer el derecho de oposición”.

Además, la experta precisa que esta sentencia no afecta a las comunicaciones comerciales efectuadas por vía electrónica (la mayoría, hoy en día) porque la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI) sigue prohibiendo el envío de comunicaciones que no hayan sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios.

En todo caso, insiste Peña, “habrá que tener siempre en cuenta que para el tratamiento de los datos debe existir un justo equilibrio entre el interés legítimo del responsable del fichero y los derechos fundamentales del interesado (y entre ellos, el derecho a la privacidad y la protección de datos).” El Tribunal de Justicia de la Unión Europea también deja claro que el interés legítimo no es cualquier interés, pero los expertos coinciden en que el concepto es “indeterminado”, a pesar de la claridad de su definición en la RAE.

“Está claro que la normativa de protección de datos va a tener que ir evolucionando y adecuándose a los avances tecnológicos que se vayan produciendo pero, a fecha de hoy, podemos afirmar que disponemos de herramientas suficientes para garantizar la privacidad de los usuarios”, concluye Peña.

URL:http://www.lavanguardia.com/internet/20120221/54258164234/sentencia-proteccion-de-datos-privacidad-tribunal-supremo.html

FUENTE:La Vanguardia