La recién aprobada Ley de Economía Sostenible ha modificado finalmente, a través de su Disposición final quincuagésima octava, el Régimen sancionador de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Los cambios fundamentales que entrarán en vigor tras la publicación de la Norma en el Boletín Oficial del Estado son, en síntesis, los siguientes:
Introducción de la figura del apercibimiento como alternativa a la multa, de modo que la Agencia Española de Protección de Datos puede aplicarlo de forma excepcional, no iniciando el procedimiento sancionador cuando los hechos fuesen constitutivos de infracción leve o grave y el infractor no hubiese sido sancionado o apercibido con anterioridad.
Eliminación o modificación de la calificación de determinadas infracciones. En concreto, la cesión de datos que no sean especialmente protegidos se tipifica como infracción grave, en lugar de muy grave, y la transmisión de los datos a un encargado del tratamiento sin dar cumplimiento a los deberes formales establecidos en el artículo 12 constituye una infracción leve.
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La Asociación de Ganaderías Lidia (AGL), cuya gestión ha sido duramente criticada hoy por su recién destituido presidente Eduardo Martín Peñato, ha hecho público un comunicado en el que advierte que dichas manifestaciones "son sólo el producto de su situación, tras la decisión casi unánime de la Asamblea, órgano máximo de la Asociación, de revocarle en el cargo".
La junta directiva de la AGL advierte que "la gravedad de la situación al exhibir públicamente los documentos de la Asociación obtenidos y sacados irregularmente de nuestra sede, podría constituir una vulneración a lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos".
También considera que ganadero "Martín Peñato ha mostrado ante la prensa los mismos documentos que utilizó para fundamentar sus descabelladas acusaciones en la Asamblea del día 16 de febrero y que, tras recibir las correspondientes aclaraciones por parte de nuestros técnicos y personal administrativo, derivan en el correspondiente respaldo de la AGL hacia los mismos, como reconocimiento a la buena labor que vienen desarrollando".
La Asociación hace hincapié en que "sigue manteniendo con total y absoluta normalidad su dinámica de trabajo con todas las instituciones con las que vienen colaborando habitualmente".
Y finaliza aclarando que "no es deseo de la Asociación mantener polémica alguna" con Martín Peñato, "de quien esperamos únicamente que acepte y respete las normas democráticas más elementales".
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La Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional definió lo que serán sus prioridades legislativas para este 2011. En esta oportunidad, los medios de comunicación pudieron entrar a la reunión en la que se debatían las propuestas de ley y temas de índole particular a la comisión.
Los diputados Juan Carlos Caldera, Freddy Bernal e Iris Varela propusieron las 10 normas jurídicas que presentará Política Interior. Seis son de los parlamentarios oficialistas y cuatro del opositor.
Entre las propuestas está retomar la Ley del Desarme y Control de Municiones (podría cambiar su nombre y se trabajaría conjuntamente con la Comisión de Defensa) y que además no pasó de la primera discusión en la anterior gestión del Parlamento.
Un Nuevo Código Orgánico Procesal Penal, así como la Ley Contra la Delincuencia Organizada, Ley de Bingos y Casinos (se trabajaría conjuntamente con la Ley de Finanzas), la Ley Orgánica para la Jurisdicción Constitucional.
Los diputados oficialistas que integran la Comisión de Política Interior no desaprovecharon la oportunidad para plantear una Ley para el Castigo de los Crímenes, Torturas y Desapariciones durante las décadas de los 60,70 y 80.
El diputado Juan Carlos Caldera propuso dos reformas que serían para la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así como a la Ley de Justicia de Paz. Dos nuevas propuestas surgieron también de la bancada opositora como lo son la Ley de Protección y Acceso a los Datos e Información del Propio Interesado y la Ley de Protección a la Víctima de la Violencia (se trabajaría conjuntamente con la Comisión de Familia).
Nuevamente y muy a mi pesar, pero vista la persistencia en las graves acusaciones que contra mi persona y las Empresas que represento sigue vertiendo Don Daniel Jiménez, así como otras personas, me veo en la obligación de salir al paso de las mismas… otra vez más.
1º.- Señor Jiménez. Antes de nada, ( al Cesar lo que es del Cesar ) agradecerle que en sus ultimas comparecencias ha empezado a omitir los insultos y descalificaciones hacia mi persona. Ya no utiliza términos como “Pirata” o “Extrema Derecha”, que ha cambiado por los de “Señor”, que yo considero mas acorde a la situación y a mi persona, lo cual sinceramente le agradezco, aunque permanezca aun a la espera de sus disculpas por los anteriores insultos y descalificaciones.
¿Ve como puede continuar “su” lucha sin insultos?
Bueno, en cualquier caso y sinceramente, Gracias.
2º.- Respecto del trafico entrante de mi teléfono móvil y según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, informo para general conocimiento, que en el día de ayer he interpuesto personalmente denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos contra Don Daniel Jiménez, con extensión a aquellas personas o entidades que hayan colaborado en el desvelado de los datos del trafico entrante de mi teléfono móvil.
3º.- Respecto de si el Señor Jiménez va a ir o no a los Tribunales de Justicia, entiendo que lógicamente asistirá cuando reciba las oportunas citaciones.
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Preámbulo La aprobación de la Ley 6/2009 , de 30 de junio, de la Generalitat, de Protección a la Maternidad, muestra el compromiso de la Generalitat con la atención especial a las mujeres gestantes y, por extensión, con la defensa integral de la familia y del menor. Así se constata ya en la Ley 12/2008 , de 3 de julio, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana, a través de su artículo 8, en el que se establece la protección a la vida en formación, así como de las mujeres gestantes que estén decididas a tener a sus hijos, facilitando los medios necesarios de carácter social, educativo y sanitario.
El compromiso con la protección a la maternidad responde, a su vez, tanto a la voluntad popular como a las responsabilidades impuestas por el conjunto del ordenamiento jurídico. Así se desprende del hecho de que el texto de la Ley 6/2009 , de 30 de junio, de la Generalitat, fuera fruto de una iniciativa legislativa popular, que entroncaba con las obligaciones que se derivan hacia los poderes públicos en general, y a la Generalitat en particular, en virtud de los artículos 39 de la Constitución y 10.3 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana.
El detalle con el que el texto de la Ley aborda las medidas de protección a la maternidad, en determinados sectores de actuación administrativa, ha permitido la rápida implementación de las mismas en el correspondiente bloque normativo sectorial. Sin embargo, es necesario dotar al sistema de protección a la maternidad diseñado de una norma reglamentaria que desarrolle aquellos aspectos jurídicos necesarios para un tratamiento homogéneo de la materia. En definitiva, se trata de realizar un enfoque transversal, que permita la correcta implementación de las medidas e iniciativas que se adopten en el marco de la protección a la maternidad, estableciendo asimismo la necesaria coordinación y colaboración entre los diferentes departamentos del Consell implicados en la materia.
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