El Gobierno replica las objeciones a la Ley de Transparencia
Las ONG se enfrentan al Ejecutivo del PP y critican la opacidad de la norma
La nueva norma no se debatirá en el Congreso hasta después del verano
Si todo marcha como está previsto, la ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno llegará al Congreso al final de este período de sesiones. No será hasta la vuelta del verano cuando los grupos políticos y las organizaciones y expertos que han exigido con más fuerza la ley debatan su contenido. Por ahora, los principales puntos de desacuerdo son estos:
» Transparencia de la ley. La Coalición Pro Acceso, una plataforma que engloba a 59 organizaciones ha señalado la paradoja de tramitar con opacidad una ley que debe instalar la transparencia en las instituciones. Se refieren sobre todo a la negativa del Gobierno a dar a conocer las 3.600 sugerencias que los ciudadanos habían hecho a la ley en una consulta pública en Internet en abril. Fuentes del Ministerio de la Presidencia aseguran que la consulta fue transparente: “Durante 10 días, cerca de 80.000 ciudadanos participaron en el proceso, realizando más de 3.500 aportaciones que se tradujeron en una quincena de modificaciones. No vamos a hacerlas públicas de la misma forma que ningún ministerio hace pública la correspondencia que recibe con las propuestas para incluir o cambiar las normas de su actividad sectorial”. Las organizaciones no entienden por qué no pueden ser publicadas sin incluir los datos personales.
» Una agencia independiente. Las organizaciones opinan que la agencia que se encargará de vigilar el cumplimiento de la ley no será independiente, pues dependerá del Ministerio de Hacienda. El Gobierno dice que la Agencia dispondrá de un rango institucional idéntico al de la Agencia de Protección de Datos.
» Limitaciones a la ley. Ninguna de las dos partes dice que no haya que poner límites a la transparencia. El problema es que, según las organizaciones, hay demasiadas excepciones sobre las que además no se puede recurrir ante la Agencia de Transparencia. El Gobierno dice que no es cierto que haya limitaciones que impidan la vía del recurso. “Existe una vía administrativa y, agotada esta, la vía judicial”. Eso es lo que critica por ejemplo la ONG Acces Info, que lleva cuatro años pidiendo por vía judicial al Ministerio de Defensa varios datos como el número de miembros de las tropas españolas que han sido tratados por traumas post-conflicto en cada uno de los cuatro últimos años y el coste del tratamiento.
» ¿Un derecho fundamental? Prácticamente todos los expertos, ONG y organismos internacionales que han opinado y publicado informes sobre las leyes de transparencia consideran que el acceso a la información debe ser considerado un derecho fundamental. El Gobierno entiende que no es así. “La única referencia contenida en la Constitución Española al derecho de acceso a la información es la que se realiza en el artículo 105, que no forma parte del Título constitucional en el que se enumeran los derechos fundamentales. Los Títulos I y II del Anteproyecto de Ley regulan un derecho constitucional que para este Gobierno tiene la máxima importancia. Para nosotros este tema tiene una importancia jurídica relativa. Para regular la transparencia no consideramos necesario cambiar la Constitución”. Las organizaciones tampoco. Consideran que solo sería necesario vincularlo al derecho a la libertad de expresión, que sí es un derecho fundamental.
LEER ARTICULO:http://politica.elpais.com/politica/2012/06/05/actualidad/1338924313_610985.html
FUENTE:El País.com (España)
Protección de Datos culpa a Cultura de tirar a la basura documentos privados
Considera que la Junta cometió una infracción «grave» al arrojar a un contenedor documentos sin triturar que luego aparecieron esparcidos junto a la ribera del Genil
La Agencia Española de Protección de Datos acaba de dictar una resolución en la que culpa a la Delegación Provincial de Cultura de la Junta de Andalucía de haber arrojado a la basura decenas de documentos entre los que había algunos que contenían información de carácter personal. Para la citada institución, Cultura cometió una infracción «grave» –en realidad, aclara Protección de Datos, fueron dos, pero en esos casos solo se destaca la más seria–. Por suerte para la Junta, «y dado el carácter puntual del hecho», el ‘castigo’ se limita exclusivamente a dejar patente el reproche. Bueno, y tal como prevé la ley, el organismo en cuestión también anuncia su intención de remitir el expediente al Defensor del Pueblo.
El incidente, que fue desvelado por IDEAL, ocurrió a principios de mayo del año pasado. Sin que todavía se sepa cómo ni por qué, media docena de bolsas de plástico de color negro aparecieron tiradas en una zona ajardinada situada entre el río Genil y el carril-bici que arranca en las inmediaciones de la Clínica La Inmaculada para adentrarse en la Vega. Era basura de la delegación de Cultura que había sido depositada en los contenedores que están colocados frente a la sede de dicho departamento, en el Paseo de la Bomba. Sin embargo, los desperdicios ‘recorrieron’ misteriosamente dos o tres kilómetros. Cultura siempre ha sostenido que fue algo intencionado para desprestigiar a la institución y denunció lo ocurrido ante la Policía, que abrió la correspondiente investigación.
En su informe, Protección de Datos no ahonda en esos detalles. Va a lo suyo y recuerda que las bolsas –repletas de papeles de todo tipo– contenían algunos documentos con información de carácter personal que no habían sido previamente triturados para impedir su lectura. A saber:tres fotocopias (una de ellas rasgada)de un DNIde una funcionaria de Cultura –esta persona reconoció que fue ella la que tiró a la papelera las fotocopias–, una nota simple del registro de la propiedad de Huéscar, una declaración jurada, un fax de un parte médico y una propuesta de segregación de parcelas «con el nombre» de los autores del expediente.
Garantizar la seguridad
Para la agencia, esa conducta atenta contra el artículo 9 de la Ley de Protección de Datos que, entre otras cosas, establece que el responsable de un fichero, «y, en su caso, el encargado del tratamiento, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural».
Para Protección de Datos es evidente que en la delegación de Cultura se produjo una «vulneración de la seguridad» que permitió que los documentos con información privada «acabaran abandonados».
Si la Junta no está de acuerdo con el dictamen que ha emitido la agencia puede interponer un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Es un paso más para combatir el comercio sexual y la explotación de personas. La Generalitat de Cataluña habilitará un fichero con la identidad, nacionalidad, dirección y fecha de nacimiento e incluso datos más sensibles como la orientación sexual de las personas que ejercen la prostitución y sus clientes, según la orden, publicada este miércoles en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).
El fichero que se creará supone una novedad en España, pero también un riesgo por la Ley de Protección de Datos, ya que contendrá datos especialmente protegidos como la orientación sexual de las personas.
¿TODO BAJO CONTROL?
Esa información se usará, según se señala en el DOGC, para “recoger los datos de las denuncias, tramitar y resolver los expedientes sancionadores, recaptar las sanciones y extraer los datos para elaboraciones estadísticas”. así, los archivos serán de carácter confidencial y secreto.
El comprometido fichero está avalado por un informe de la Autoridad Catalana de Protección de Datos . “Ninguna duda puede ofrecer que la recogida de datos sobre determinadas personas como demandantes u oferentes de servicios sexuales a cambio de remuneración permite identificar una persona, obtener un perfil sexual y puede suponer una amenaza para el individuo”, recoge el informe.
“Piénsese, por ejemplo, en las repercusiones que una información de este tipo puede tener en el ámbito familiar, laboral o en la imagen social del individuo”, añade. Este tipo de datos, junto a las informaciones relativas al origen racial y a la salud, solo se pueden recoger por “razones de interés general”, esgrime la Autoridad.
Pero a pesar de eso, la APDCAT considera que los motivos que esgrime la Generalitat, multar por poner en grave peligro la seguridad vial, habilita para su recogida.
POLÉMICA Y CRÍTICAS
Hay que recordar que el Ayuntamiento de Barcelona fue expedientado por la misma agencia que ha dado el visto bueno al fichero de la Generalitat porque recogía el DNI y la dirección de prostitutas y clientes a los que multaba en la calle, algo que el Consistorio recurrió.
La diferencia entre ambos casos radica en que el Consistorio se regía por una ordenanza municipal, mientras que la Generalitat se apoya en una ley.
En cualquier caso, distintas asociaciones y entidades lamentan que la Administración tenga en sus ficheros detalles tan sensibles sobre la vida sexual de las personas, sobre todo, de las mujeres. “Es una forma más de estigmatizar a las mujeres”, dicen en la Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida.
En Mujer-Frontera. creen que “se penalizan y criminaliza a las prostitutas, al final terminen escondiéndose o las metan en pisos cerrados, en los que no se tenga acceso a ellas y eso las haga aún más vulnerables
FUENTE:minutodigital
La Agencia de Protección de Datos denuncia a Sanidad por dejar filtrar datos de pacientes desde su web
Una incidencia de este tipo podría haber costado a una empresa privada una sanción de hasta 600.000 euros
La Agencia Española de Protección de Datos ha emitido una resolución en la que pone de manifiesto que la Consejería de Sanidad cometió dos infracciones de carácter grave contra la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD), al permitir que se filtraran datos de pacientes a través de su web. En concreto, considera que vulneró el deber de secreto garantizado, al haber posibilitado que terceras personas tuviesen acceso a datos personales de usuarios, y que no impidió “de manera fidedigna” que un usuario accediera a datos de otros ciudadanos.
La resolución, conocida por Ical, pone fin a la vía administrativa, y se pondrá en conocimiento del Defensor del Pueblo. Según fuentes del despacho de abogados especializados en protección de datos www.salirdeinternet.com, esta infracción podría haber supuesto para una empresa una sanción de hasta 600.000 euros, teniendo en cuenta que, por ejemplo, Vodafone fue sancionada con 100.000 euros por una incidencia que provocó que se pudiera acceder a los datos de 22 clientes y que solventó en 24 horas.
Los hechos se remontan a marzo de 2011, cuando un usuario de Sacyl accedió a la web de la Consejería para realizar una reclamación, y comprobó que al cambiar en la URL el número de reclamación podía ver las presentadas por otros usuarios. Entre otros datos personales, relativos al nombre, apellidos, dirección, correo electrónico, se podían leer las reclamaciones o sugerencias y, en algunos casos, datos vinculados a su salud.
El denunciante, cumplimentó un documento alertando a la Consejería de la incidencia, y desde la Dirección General de Planificación, Calidad y Ordenación se le acusó recibo de la reclamación. Si bien, comprobó que el problema no se había subsanado, por lo que puso los hechos en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos.
Tras una notificación de la Agencia, firmada por su director, José Luis Rodríguez Álvarez, la Consejería reforzó los sistemas de seguridad para blindar los accesos. De hecho, emitió un informe en el que puso de manifiesto que en seis años había sido la única incidencia denunciada, y en el que explicaba los diferentes sistemas de protección.
En concreto, la Consejería vulneró los artículos 9 y 10 de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, tipificadas como graves en los artículos 44.3.h y 44.3.d de esta norma. Debido a que tomó las medias adecuadas para subsanar la incidencia, la Agencia de Protección de Datos ha decidido no instar a que adopte otras medidas.
:
FUENTE:leonoticias.com
Entra en vigor el fichero de datos que integrará a prostitutas de carretera y clientes
El fichero de datos de carácter personal de expedientes sancionadores por la realización de usos y actividades relacionadas con la prestación de servicios sexuales en las carreteras y sus zonas de protección, impulsado por la Conselleria de Interior, ha entrado este miércoles en vigor.
Según recoge la orden publicada el martes en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), la finalidad del archivo es gestionar los datos relativos a los expedientes sancionadores por infracción a la Ley de Carreteras por ocupar de manera temporal las zonas de dominio público para prestar servicios sexuales.
El uso previsto de este fichero es recoger los datos de las denuncias impuestas por los Mossos d'Esquadra, tramitar y resolver los expedientes sancionadores, recaudar las sanciones y extraer los datos para elaborar estadísticas.
Las prostitutas y clientes a los que se incoe un expediente sancionador deberán proporcionar su DNI, nombre y apellidos, dirección postal, fecha de nacimiento y nacionalidad.
La Generalitat afirma que el fichero automatizado está sujeto a la ley de protección de datos de carácter personal y la de la Autoridad Catalana de Protección de Datos; los juzgados y tribunales podrán consultar el archivo cuando lo soliciten, pero los datos no se cederán a terceros países.
LEER ARTICULO http://www.lavanguardia.com/local/barcelona/20120530/54301027335/entra-en-vigor-el-fichero-de-datos-que-integrara-a-prostitutas-de-carretera-y-clientes.html
FUENTE:La Vanguardia