UPyD considera gravísima la acusación de FACUA sobre la cesión ilegal de datos personales
UPyD La Rioja ha mostrado su preocupación por la denuncia presentada por FACUA ante la Agencia de Protección de Datos por, presuntamente, la cesión desde el Hospital de San Pedro de datos de pacientes a centros sanitarios privados. Afirman que cuando aún no se han dado explicaciones por la desatención del Hospital de La Rioja en favor del políclínico de Valavanera (privado) salta un nuevo escándalo en la sanidad riojana y en caso de demostrarse esta denuncia sería una muesca más en la larga lista de desatinos, errores y negligencias perpetradas desde la Consejería presidida por el señor Nieto en los últimos años. UPyD exige, en consecuencia, que se aclaren detalladamente las circunstancias denunciadas y se depuren las responsabilidades existentes en caso de haberlas.
La cesión de datos referentes a la ficha médica de un paciente cuenta con la mayor protección ofrecida por la Ley Orgánica de Protección de Datos, con lo cual debería estar sometida al mayor nivel de protección. "Pero dentro del negocio que parece estar desarrollando el PP con la sanidad, no solo en La Rioja sino en toda España, los datos más íntimos de los ciudadanos parece que se ceden libremente para el negocio de unos pocos. Consiguiendo con ello el desprestigio del sistema público de sanidad, del mismo modo que daña la iniciativa privada en este sector al poner sobre ella una losa de sospechas sobre la posible sustracción de lo público", critican desde UPyD.
Resaltan que "una vez más la forma de actuar del PP es de una gran irresponsabilidad. La respuesta proporcionada por el Gobierno de La Rioja es completamente insatisfactoria. En lugar de paralizar está lesiva actividad, de acuerdo a su comunicado, parece tener la intención de continuar con esta práctica. Del mismo modo, la argumentación jurídica ofrecida desde la consejería dista mucho de ser compartida por esta formación. No se puede defender que la Ley de Protección de Datos permite la cesión de datos personales sobre la salud entre organismos, centros y servicios del Sistema Nacional de Salud para amparar estos hechos. La denuncia de FACUA hace referencia a la cesión de esos datos a centros ajenos al sistema público de salud riojano por lo que los artículos citados por el gobierno del señor Sanz no son válidos. Y, aunque así fuese a través de la interpretación más que extensiva de la ley que hace el PP, se aprecia a simple vista la falta de ética de esta actuación. Si el Gobierno de La Rioja no sabe diferenciar entre la ética y la legalidad no debería seguir gobernando en nuestra comunidad".
FUENTE:esrioja.es
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LA COMPAÑÍA GUARDA SILENCIO SOBRE SU INVESTIGACIÓN INTERNA
Santalucía responderá ante Protección de Datos por el acoso homofóbico a Nico Ferrando
La Agencia Estatal de Protección de Datos ha recibido una denuncia contra el gigante de los seguros Santalucía por utilizar los datos personales de un cliente de manera impropia y contraria a la legislación vigente, por lo que tendrá que intervenir en el caso de Nico Ferrando, el agente gay despedido, que cada vez que pasa más tiempo toma dimensiones sorprendentes e inusitadas.
Pedro R., cliente que fue llamado en varias ocasiones por personal de Santalucia Seguros con la intención de averiguar, como ya informó Diario Progresista, si Nico Ferrando había tenido relaciones sexuales con él o se le había insinuado sexualmente, ha interpuesto una denuncia ante la Agencia Estatal de Protección de Datos, que obra en poder de esta redacción, para pedir amparo ante la manera en que la compañía de seguros utiliza sus datos personales y los de otros clientes.
“Tengo indicios fundados de que esta práctica se realiza con otros clientes de la compañía (…) y debo advertir que esta información no puede estar de forma expresa o tácita en ningún fichero, puesto que es una información personal, privada y muy sensible”, afirma el denunciante en su escrito ante protección de Datos. “Mucho menos se puede utilizar información para un supuesto delito de homofobia o para el beneficio de Santalucía contra un ex trabajador de la compañía”, añade, señalando que el acoso del que fue víctima se prolongó durante meses, y que solo tenía la intención de desacreditar a Nico Ferrando, el agente gay despedido, tanto por su forma de trabajo, su orientación sexual o porque habría mantenido relaciones sexuales con sus clientes a cambio de obtener pólizas.
DECLARÁ COMO TESTIGO A FAVOR DE FERRANDO .....
FUENTE:diarioprogresista.es
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Multa a Cajasur por mandar sin aviso datos de clientes al fichero de morosos
La Audiencia Nacional confirma la sanción de 60.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos, ya que el banco no requirió previamente el pago a sus deudores.
La sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de Cajasur contra la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que le sancionaba con 60.000 euros por remitir los datos personales de dos clientes a las bases de datos de morosos. La decisión de la Audiencia Nacional se sustenta en que el banco incumplió la normativa estatal de protección de datos al no requerir el pago a sus deudores previamente a facilitar sus datos a los ficheros de morosidad.
En la sentencia, hecha pública a finales del pasado mes de julio, se indica que los clientes afectados, en un primer momento tres, se enteraron de que habían sido incluidos en los ficheros de morosos por una carta de estas bases de datos y no de la entidad. Uno de ellos, con una deuda de poco más de 200 euros, sí recibió la comunicación del banco requiriéndole el pago, pero no fue así en el caso de los otros dos, con deudas de 5.000 y de 1.290 euros, que decidieron denunciar el caso ante la Agencia Española de Protección de Datos alegando la vulneración de sus derechos.
La Agencia Española de Protección de Datos dio la razón a los reclamantes e impuso una sanción de 60.000 euros al banco que recurrió a la Audiencia Nacional indicando que había remitido los requerimientos de pago a todos los afectados, en algunos casos, según su recurso hasta en cuatro ocasiones. Sin embargo, la Audiencia Nacional desestima el recurso de la entidad financiera, ya que el hecho de presentar las cartas con los requerimientos no impluca ni que se comunicaran ni que se enviaran a los afectados, algo que no pudo probar Cajasur en el acto de la vista por su recurso.
Junto a esto, la entidad financiera pide a la Audiencia que se le rebaje la sanción, y para ello invoca la atenuante de que al enterarse de la reclamación de los clientes procedió a retirar sus datos del fichero de morosos e incluso ofreció condiciones de pago flexibles a uno de los afectados para que pudiese condonar su deuda con la entidad. Sin embargo, la sentencia de la Audiencia rechaza esta posibilidad, ya que la supuesta buena voluntad del banco no ha quedado acreditada ni probada, ya que ni consta la baja de los clientes del fichero de morosos ni tampoco la supuesta condonación de la deuda a uno de sus deudores.
Es por ello que el fallo de la Audiencia es claro:......
FUENTE:cordopolis.es
FACUA denuncia al San Pedro por presunta cesión irregular de datos a centros privados
El Gobierno de La Rioja afirma que ha actuado "siempre conforme a los principios que marca la ley"
FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a cuatro hospitales públicos más, entre ellos el San Pedro de Logroño, ante la Agencia Española de Protección de Datos por presuntamente ceder a centros privados, sin el consentimiento de los afectados, información personal e historiales médicos de sus pacientes.
Estas cuatro nuevas denuncias se suman a la que ya se presentó a mediados de agosto contra el hospital de Fuenlabrada en Madrid. "Algunas clínicas privadas llaman a los usuarios en lista de espera en nombre de las públicas en las que han sido atendidos, sin que estos lo hayan consentido, para ofrecerles sus servicios con cargo a la Seguridad Social", afirman desde la organización de consumidores.
Concretamente, los hospitales denunciados son el San Pedro en Logroño, el Virgen de la Luz en Cuenca, el General Universitario Reina Sofía y Virgen de la Arrixaca, ambos en Murcia. Según explican, "todos operan de la misma manera: ceden los datos de sus pacientes a entidades privadas que contactan a los afectados en su nombre -sin el consentimiento de estos- para ofrecerles sus servicios de manera más rápida y sin coste alguno para ellos (con cargo a la Seguridad Social)".
La organización considera de "extrema gravedad" que un hospital público pueda facilitar "unos datos que son considerados por ley como 'especialmente protegidos', sin el consentimiento expreso ni ningún tipo de información de los afectados para el beneficio económico de un centro médico privado".
La organización recuerda que la cesión de datos sin el consentimiento de los afectados no puede hacerse ni siquiera en el caso de que exista un concierto entre el hospital público y el centro privado, "algo que ocurre en el caso de Cuenca y el de La Rioja".
Multa de hasta 300.000 euros.....
FUENTE:Larioja.com
Supremo condena a France Telecom por incluir a excliente en fichero morosos
El Supremo ha condenado a France Telecom a pagar 15.000 euros por daños al honor de un cliente, Ángel P., a quien incluyó en el fichero de morosos Asnef exigiéndole el pago de un router wifi cuando se dio de baja de sus servicios por no estar satisfecho con los mismos.
La sentencia del alto tribunal considera probado que en noviembre de 2004 el demandante contrató telefónicamente con la sociedad "Uni2 Telecomunicaciones, S.A.U", posteriormente "France Telecom España", un servicio telefónico que incluía el suministro de un router wifi.
Al no recibir un router de esas características el demandante contactó con el teléfono de atención de France Telecom, donde le manifestaron no poder suministrarle el equipo solicitado, por lo que les envió un fax solicitando la baja en el servicio y poniendo a su disposición el router suministrado.
Meses después el demandante recibió una reclamación de la empresa Credipor, de fecha 28 de febrero de 2005, reclamándole 44,51 euros por cuenta de France Telecom, a lo que contestó el 11 de marzo oponiéndose a la reclamación y explicando lo sucedido.
A partir de ahí se desató un conflicto que acabó con los datos del demandante en un fichero de morosos (Asnef), debido a lo cual Ángel formuló denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos que, ya en 2007, sancionó a France Telecom con 30.000 euros.
A través de la Agencia Española de Protección de Datos el demandante conoció que en 2005 sus datos habían sido excluidos del fichero de Asnef.
"No consta, y así lo expresa la sentencia de la audiencia, que en momento alguno se comunicara al demandante que sus datos habían sido dados de baja en el registro de morosos", dice el Supremo.
El juzgado de Primera Instancia condenó a la compañía, condena que confirmó la Audiencia de Madrid y que ahora impone también el Supremo, que rechaza los argumentos de France Telecom.
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FUENTE:abc.es