A partir del próximo 18 de agosto la verificación de saltos de alarma tendrá que ajustarse a la nueva normativa dictada por el Ministerio del Interior.

La entrada en vigor el próximo 18 de agosto de la nueva Orden Ministerial sobre el funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada (INT/316/2011 de 1 de febrero - BOE 42 de 18 de febrero de 2011), supondrá una ventaja para los usuarios finales y la sociedad en su conjunto. La normativa obliga a las compañías de seguridad a normalizar sus sistemas y procedimientos de actuación, y optimiza la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS). Más acorde con la realidad actual, dicha normativa es aplicable a las nuevas tecnologías de seguridad que han mejorado las prestaciones de los sistemas de seguridad y permiten una respuesta más eficaz y precisa.

Para José Ignacio Jiménez del Castillo, Responsable de Seguridad de Securitas Direct, empresa con la mayor Central Receptora de Alarmas de Europa, “una actualización de la normativa era algo que veníamos demandando todos los agentes implicados: empresas, asociaciones, autoridades policiales y usuarios. Según el Informe Anual de Actividades del Ministerio del Interior, en el 2008 se pasaron 377.457 avisos a Policía, de los cuales sólo un 10% fueron reales”.

Según las nuevas modificaciones, los siguientes serán los procedimientos que determinarán como válidamente verificados los saltos de alarma a partir del próximo 18 de agosto:

Que se activen de forma sucesiva como mínimo tres o más señales procedentes de elementos de detección diferentes en un período determinado. 
Que se registre como mínimo la captura de una imagen, asociada al salto de alarma, por parte de alguno de los elementos de detección. 
Que tras un salto de alarma pueda almacenarse y transmitirse el audio anterior y posterior al mismo y que pueda establecerse una comunicación de audio directa a la Central de Alarmas. 
Que se pueda realizar un servicio de verificación presencial del salto de alarma a través de personal de seguridad habilitado para tal fin.

“Entendemos que esta nueva orden ministerial supondrá una mejora sustancial en la actuación de las compañías de seguridad y la optimización de los recursos del Estado. Por nuestra parte y asumiendo nuestro compromiso de garantizar la seguridad de nuestros clientes y de todos los ciudadanos, desde el 2005 incorporamos la captura de imagen en nuestros equipos para permitir una mejor verificación de los saltos de alarma y efectivamente hemos logrado optimizar hasta un 55% nuestros ratios de verificación”, añade Jiménez del Castillo.

Sólo en la Central Receptora de Alarmas de Securitas Direct se registraron el pasado verano un total de 1.169.915 saltos de alarma en toda España (unos 19.499 al día), de ahí la importancia de mejorar al máximo los ratios de verificación para prestar atención inmediata a los intentos reales de robos y no utilizar de manera innecesaria los recursos del Estado.

Sobre Securitas Direct

De origen sueco, tiene presencia en nueve países de Europa distribuidos en dos plataformas principales: Norte (Suecia, Noruega, Finlandia, Dinamarca, Bélgica y Holanda) y Sur (España, Francia, Portugal y Chile –donde se estableció en octubre de 2009 como paso previo a posibles próximas aperturas). En España, inició sus actividades en 1993 y hoy cuenta con una plantilla de 3.800 empleados, cerca de 640.000 clientes, y más de 100 delegaciones en todo el país. 

Premiada por su óptima verificación de saltos de alarma, es líder en el sector de la seguridad para hogares y negocios en España. Securitas Direct comercializa e instala sistemas de alarma de alta tecnología con verificación por voz e imagen, conectados las 24 horas/365 días a su CRA, la mayor de Europa. Sus señas de identidad son la innovación y el desarrollo de sistemas de seguridad cada vez más avanzados y eficientes, al tiempo que asequibles, funcionales y fáciles de utilizar para todo tipo de usuario.

 

FUENTE: http://xornalgalicia.com