El Gobierno fija unos servicios mínimos de entre el 50% y el 100% para el personal de seguridad privada
El Gobierno ha fijado unos servicios mínimos de entre el 50% y el 100% para el personal de seguridad privada adscrito a servicios considerados esenciales de cara a la huelga general de este jueves, 29 de marzo, según una resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
MADRID, 27
A los efectos de determinar los servicios esenciales, el Ministerio del Interior explica en esta resolución que ha de tenerse en cuenta que la "amenaza constante" de atentados terroristas y la insuficiencia de recursos en el ámbito de la seguridad pública obliga, "incluso en situaciones de activación mínima", a recurrir a servicios de seguridad privada para la protección de las personas y salvaguardar derechos fundamentales como la vida, la libertad o la seguridad.
El Gobierno entiende además que son servicios esenciales las denominadas "infraestructuras críticas", como el transporte, la energía, la salud, la información y las telecomunicaciones, y la alimentación y las finanzas.
Con esta resolución, el Ministerio del Interior quiere adoptar "las medidas necesarias" para garantizar un nivel básico de actividad en la prestación del servicio de seguridad privada en hospitales, juzgados, tribunales y dependencias de las administraciones públicas, todos ellos centros públicos en los que se presta con carácter obligatorio un servicio de vigilancia que, según recuerda el Gobierno, ha ido encomendándose de manera progresiva a servicios de seguridad privada.
Interior también recuerda que los servicios privados de vigilancia y seguridad de personas o bienes tienen la consideración de actividades complementarias y subordinadas respecto a las de seguridad pública.
El Gobierno entiende que si la vigilancia y protección de los servicios esenciales debe ser garantizada incluso en circunstancias normales, dicha vigilancia "debe ser incrementada en el caso de una huelga general para que su desarrollo se realice pacíficamente y no se altere la convivencia social en los lugares objeto de protección.
100% EN LA PROTECCIÓN DE BUQUES ARMADOS.
Tras consultar a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del sector y teniendo en cuenta informes de Policía y Guardia Civil, el Ministerio del Interior ha determinado unos servicios mínimos del 100% en el personal de seguridad privada que preste servicios de protección de personas, incluyendo los prestados en buques pesqueros o mercantes que naveguen bajo bandera española con armas de guerra.
Los servicios mínimos serán del 85% en el personal que preste servicios de seguridad en actividades de depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes y demás objetos valiosos o peligrosos, así como en las de transporte y distribución; y en los bancos, cajas y entidades de crédito en los que el servicio de seguridad se haya impuesto en general con carácter obligatorio.
También serán del 85% los servicios mínimos en el personal que preste servicios de seguridad en instalaciones petroquímicas, refinerías y depósitos de combustibles y en centrales e instalaciones nucleares. En este punto, el Gobierno precisa que los servicios mínimos comprederán en todo caso la dotación mínima determinada por el Consejo de Seguridad Nuclear para la protección física de las instalaciones, actividades y materiales nucleares.
Asimismo, los servicios mínimos serán del 85% en la seguridad privada prestada a fábricas de armas de fuego y de explosivos y en sus almacenamientos; en las actividades de transformación, depósito, transporte y distribución de materias inflamables, en los servicios y distribución de agua, gas y electricidad, y en las centrales de alarma.
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FUENTE:elEconomista.es