Las nubes amenazan con ensombrecer el horizonte de Google. Al varapalo en Francia y Alemania por su servicio de mapas por satélite, Street View, se suma ahora la puesta en marcha, por parte de Microsoft, de un servicio similar para competir con él. Todo esto, sin olvidar que en el mercado español, Googlesigue pendiente de que el Juzgado de Instrucción nº 45 dicte Sentencia y que, posteriormente, la Agencia Española de Protección de Datos decida sobre el Expediente Sancionador por infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
El conflicto con Street View radica en el hecho de que, durante el recorrido por las calles de las ciudades para captar las imágenes para los mapas, los coches de Google recopilaron datos sobre líneas wifi privadas e información sobre tráfico de dichas redes. Una práctica que, de acuerdo con la Comisión Nacional de Informática y Libertades (homóloga gala de la Agencia Española de Protección de Datos), infringe las leyes sobre Protección de Datos de carácter personal lo que ha llevado a la autoridad francesa a multar a Google con 100.000 euros.
La resolución francesa podría desencadenar un efecto dominó de multas contra la compañía en varios estados en los que actualmente investigan los datos recopilados por Google con el servicio Street View. En el caso español, aunque la existencia de la multa gala no debería condicionar la decisiones pendientes de resolución en España, lo cierto es que este precedente sí supone un importante indicio, sobre todo si tenemos en cuenta que las leyes francesa y española sobre Protección de Datos derivan de la misma normativa europea.
Además de este “indicio” nada favorable para Google, se ha de tener en cuenta que los nuevos criterios de modulación de las sanciones en materia de protección de datos de carácter personal introducidos por la Ley de Economía Sostenible pueden añadir complejidad al caso de Google en España. Si la Agencia Española de Protección de Datos aplica estos nuevos criterios puede ser que Google no salga muy favorecida. En concreto, si considera como elementos esenciales para modular la sanción que en su caso pueda imponerle la trascendencia de la infracción cometida, el volumen de negocio de la empresa infractora y la diligencia profesional de la compañía, parece que la compañía podría salir perjudicadaLas modificaciones introducidas por la Ley de Economía Sosteniblepermiten distinguir entre el tratamiento de los datos que hace una pequeña empresa y una gran corporación, como Google, que gestiona a diario un volumen ingente de datos. En este sentido, la defensa de la empresa, que liga a un error la recopilación de los datos de las redes inalámbricas, podría resultar insustancial para el caso.
El Expediente sancionador ante la Agencia Española de Protección de Datos está temporalmente suspendido, a la espera de conocer la decisión del procedimiento contra Street View actualmente en curso en el juzgado de instancia 45 de Madrid y que podría finalizarse en julio. Entonces, la Agencia Española de Protección de Datos retomaría el caso en fase de instrucción. Su decisión podría demorarse fácilmente hasta diciembre. Ello, más allá de la tensión, podría favorecer a Google, ya que el tiempo siempre ayuda a aplacar los ánimos. Eso si no se conocen, entre medias, nuevas multas en otros países.
El escenario de Google se nos antoja cuando menos complejo.
FUENTE: www.elconfidencial.com