Llegó una nueva era en el tratamiento y la protección de datos personales.

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El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (REPD) crea un nuevo paradigma que cambiará la forma de entender y gestionar los datos personales.

El mundo se encuentra en permanente cambio y el derecho debe ir adaptándose a los dictados y necesidades sociales. Así pues, en mayo de 2018 comenzará una nueva era en la protección de datos, ya que finaliza el periodo de transición y la Ley orgánica 15/1999 (Ley Orgánica de Protección de datos), pasa a mejor “clúster”. Es por ello necesario adaptarse cuanto antes a los notables cambios que el "Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos", y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, conlleva.


Con un régimen sancionador sin precedentes, que puede imponer multas de hasta el 4% del volumen total anual global de facturación de una compañía o llegar a los 20 millones de euros, el oro del Siglo XXI, como se conoce a los datos personales, entra en una nueva era de gestión.

 

“Societas delinquere non potest”

Con la modificación del código penal y la desaparición del principio penal clásico: “Societas delinquere non potest”, es decir, que una persona jurídica no puede delinquir, se abre una nueva era dogmática jurídico-penal  en  el mundo empresarial.

Ya en el artículo 31 bis de la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo de reforma del Código Penal se mostraba el alcance de la exención o atenuación de la responsabilidad penal y se incluían los planes de prevención de delitos (en su apartado 5 determina los requisitos de los modelos de organización y gestión eximentes de responsabilidad).

Los planes Compliance

Compliance es un término de origen anglosajón que deriva del sector financiero, área tradicionalmente sometida a una compleja legislación. Literal y formalmente significa "the act of obeying an order, rule, or request" cuya traducción práctica es “cumplimiento normativo".

En este aspecto, destaca la figura del Compliance Officer (o director de cumplimiento normativo) para las organizaciones y que está calando -ya sea como parte de la plantilla o como servicio externo- en las empresas españolas debido al endurecimiento de la legislación y a la necesidad de garantizar el cumplimiento normativo.

Una nueva era en la protección de datos personales

También cabe subrayar que pese a que parece tarea sencilla, disociar los datos de manera irreversible no lo es. Son necesarios sistemas de gran complejidad de manera que la identificación exija esfuerzos desproporcionados y que en la práctica sea equivalente al borrado permanente.

Así pues, el uso de datos de carácter personal de manera abierta en procesos como el Open Data, Big Data o la transparencia del sector público, exige un ejercicio constante de ponderación entre el derecho a la información y el derecho a la protección de los datos personales....LEER NOTICIA COMPLETA.

 

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