El Escudo de Privacidad: más protección para la transferencia internacional de datos UE-EEUU.

El Escudo de Privacidad: más protección para la transferencia internacional de datos UE-EEUU

Bruselas aprobó el martes, el 12 de julio de 2016, el nuevo acuerdo de privacidad con Estados Unidos, llamado Escudo de Privacidad (‘Privacy Shield’, en inglés), que sustituirá al anterior fallido, Puerto Seguro (‘Safe Harbor’), que fue anulado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) en el procedimiento C-362/14 del 6 de octubre de 2015, conocido como ‘sentencia del caso Schremes’. Con esta notificación que se hacía ayer a los Estados miembros entraba en vigor la nueva normativa en la UE

Es un acuerdo que tiene una gran trascendencia y repercusión, según Gonzalo Gallego, socio del despacho Hogan Lovells en su oficina de Madrid, responsable del área de Propiedad Intelectual e Industrial, Media & Tecnologías de la Información y experto en privacidad.

En el caso de EEUU su vigencia tiene que ver cuando se publique en el Diario Oficial (‘Official Journal’), el ‘BOE’ norteamericano. Se calcula que desde el 1 de agosto de este año las empresas americanas podrán comenzar a obtener la clarificación que las permita comenzar a manejar datos provenientes de la Unión Europea.

“Ese tipo de actividad de transferencia internacional de datos, antes amparada por el ‘Safe Harbor’, es una práctica habitual para los abogados que nos dedicamos al mundo del derecho tic y la empresa. Ahora, tras dos años de debate se ha llegado a un acuerdo para que ‘Privacy Shield’ sea el elemento que respalde esta operativa”, explica Gallego, quien además es miembro de la Junta Directiva de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP).

Para este experto en privacidad, lo logrado con el Escudo de Privacidad tiene un nivel de protección de datos personales incluso superior al que hay en Europa y su directiva de protección de datos.

Con esta resolución se da la circunstancia que aquellas empresas norteamericanas que se adhieran al Escudo de Privacidad en los próximos meses tendrán unos niveles de protección similares a los que se indica en el flamante Reglamento Europeo de Protección de Datos, aprobado recientemente.

“Ahora mismo el nivel de seguridad es superior al que hay en la UE”, afirma Gallego.

Sobre los dos años en que hubo de debate y negociaciones para consensuar el texto final del Escudo de Privacidad, Gallego señala que “hay que darse cuenta que EEUU y Europa tienen conceptos diferentes en cuanto a datos de carácter personal y su regulación. En EEUU es más de protección de consumidores y usuarios mientras que el Europa hablamos en algún país como España de derechos fundamentales”.

El  Escudo de Privacidad será monitorizado y revisado anualmente.

Tanto la Comisión Europea como el Departamento de Comercio de EE.UU. llevarán a cabo estas revisiones junto con expertos en protección de datos provenientes de ambas partes.

La Comisión publicará informes e informará al Consejo y al Parlamento europeos.

Al mismo tiempo hay que darse cuenta que el tema de la seguridad en EE.UU. estaba muy acentuado tras el 11 de septiembre y el atentado contra las Torres Gemelas. Eso ha hecho que agencias de inteligencia tuvieran acceso a mucha información.

“El llegar a un acuerdo ha supuesto para EE.UU. aprobar legislación interna que estaba ya gestándose para poder asumir los compromisos que le pedía Europa”, revela Gallego....LEER NOTICIA COMPLETA.

Apple cae al quinto puesto del ranking mundial

Apple cae al quinto puesto del ranking mundial

Las ventas en el segmento de ordenadores siguen su caída, aunque grandes consultoras como Gartner e IDC indican que el descenso esta vez es menor, tan sólo de un 5,2 por ciento, según Gartner, mientras que en el trimestre anterior se hablaba de cifras cercanas a 10 por ciento.

Sin embargo, lo que más ha llamado la atención de las últimas cifras publicadas por las consultoras es que Apple también entra en números negativos. No olvidemos que la compañía sigue sin renovar sus familias de ordenadores y, en un mercado en imparable descenso la falta de renovación se acaba notando en las ventas. Las novedades en los MacBook Pro o los MacBook Air (que puede que no lleguen a ver nunca una renovación) parecen que no verán la luz este verano por lo que ya hay muchos usuarios con la mirada puesta en la temporada de otoño ya que, se espera que, la compañía de Tim Cook renueve al menos sus configuraciones para la campaña de Navidad.

Según las cifras de IDC, Apple ha vendido 4,4 millones de ordenadores en el segundo trimestre de 2016, frente a los 4,8 millones que consiguió en el mismo periodo de 2015. Con estos datos, la empresa desciende al quinto puesto del ranking de fabricantes, justo debajo de Asus, con un 7,1 por ciento de cuota de mercado, mientras que hace un año tenía un 7,4.

Está claro que la tendencia del mercado es una de las explicaciones para el descenso de Apple, pero los expertos coinciden en que la compañía no se puede permitir tener gamas como sus MacBook Pro sin actualizar durante más de un año. Es verdad que las evoluciones de los ordenadores de Apple son menos numerosas (aunque quizá más sólidas), que las de los PC con Windows, en los que hay más presión por la competencia; pero los últimos resultados muestran que ni siquiera la compañía de Cook puede permitirse actualizar en períodos tan dilatados....LEER NOTICIA COMPLETA.

¿Cómo es el nuevo régimen sancionador en protección de datos?.

¿Cómo es el nuevo régimen sancionador en protección de datos?

De acuerdo con el apartado g) del vigente artículo 37 de la Ley Orgánica 15/1.999, de Protección de Datos de Carácter Personal, constituye una función del director de la Agencia Española de Protección de Datos el ejercer la potestad sancionadora en los términos previstos por el Título VII de dicha Ley Orgánica.

En dicha normativa se contemplan básicamente la responsabilidad de los responsables de los ficheros y los encargados de tratamiento, incluso aunque se trate de ficheros de titularidad pública, se regulan los tipos de infracciones, los tipos de sanciones, las infracciones que pueden ser cometidas por parte de las Administraciones Públicas, la prescripción de dichas infracciones, el procedimiento sancionador y la potestad de inmovilización de ficheros.

Debe destacarse que en el artículo 48 se determina expresamente que por vía reglamentaria se establecerá el procedimiento a seguir para la determinación de las infracciones, y la imposición de las sanciones a que hace referencia el Título VII de la Ley Orgánica, y que las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos u órganos correspondientes de las comunidades autónomas agotan la vía administrativa.

Y que finalmente, en dicho precepto se señala, que los procedimientos sancionadores tramitados por la Agencia Española de Protección de Datos, en el ejercicio de las potestades que a la misma atribuyan esta Ley Orgánica u otras leyes, salvo los referidos en fracciones de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tendrán una duración máxima de seis meses.

Complementariamente a todo ello, en el Reglamento de la Ley Orgánica 15/1.999, de 13 de diciembre de Protección de Datos, aprobado mediante Real Decreto 1720/2.207, de 31 de diciembre, en su Capítulo III, dentro del Título IX, se regulan los procedimientos relativos al ejercicio de la potestad sancionadora, donde se contemplan, asimismo cuestiones, tales con: su ámbito de aplicación, la inmovilización de ficheros, las actuaciones previas, el propio procedimiento sancionador, Procedimiento de declaración de infracción de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, por las Administraciones Públicas.

Si ese es el régimen jurídico actualmente vigente derivado de la Directiva 95/46/CE, se debe hacer un breve repaso al régimen sancionador establecido en el nuevo Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, donde debemos partir del Expositivo número 148, en el que se señala, que a fin de reforzar la aplicación de las normas de dicho Reglamento, cualquier infracción de este debe ser castigada con sanciones, incluidas multas administrativas, con carácter adicional a medidas adecuadas impuestas por la autoridad de control en virtud del indicado Reglamento, o en sustitución de estas.

En caso de infracción leve, o si la multa que probablemente se impusiera constituye una carga desproporcionada para una persona física, en lugar de sanción mediante multa, puede imponérsele un apercibimiento.
ATENCIÓN A LA NATURALEZA, GRAVEDAD Y DURACIÓN DE LA INFRACCIÓN

Debe no obstante, prestarse especial atención a la naturaleza, gravedad y duración de la infracción, a su carácter intencional, a las medidas tomadas para paliar los daños y perjuicios sufridos, al grado de responsabilidad o a cualquier infracción anterior pertinente, a la forma en que la autoridad de control haya tenido conocimiento de la infracción, al cumplimiento de medidas ordenadas control responsable encargado, a la adhesión a códigos de conducta, y a cualquier otra circunstancia agravante o atenuante.

La imposición de sanciones, incluidas las multas administrativas, deben estar sujetas garantías procesales suficientes conforme a los principios generales del Derecho de la Unión, y de la Carta, entre ellas, el derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías.

Asimismo, se determina, que los Estados miembros de la Unión, deben tener la posibilidad de establecer normas en materia de sanciones penales por infracciones del Reglamento General de Protección de Datos, incluidas las infracciones de normas nacionales adoptadas con arreglo a él dentro de sus límites.

Dichas sanciones penales, pueden, asimismo, autorizar la privación de los beneficios obtenidos en infracción de las normas contenidas en dicho Reglamento. No obstante, la imposición de sanciones penales por infracciones de dichas normas nacionales, y de sanciones administrativas, no debe entrañar la vulneración del principio non bis in idem, según la interpretación efectuada del mismo por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Por todo ello, en el Expositivo 150 se afirma que a fin de reforzar y organizar la sanciones administrativas por infracción del citado Reglamento, cada autoridad de control debe estar facultada para imponer multas administrativas.

En este sentido, el Reglamento debe indicar las infracciones que son susceptibles de ser cometidas, así como el límite máximo y los criterios para fijar las correspondientes multas administrativas, correspondiendo a cada autoridad de control competente la responsabilidad de determinar en cada caso, y de manera individual su cuantía, teniendo en cuenta todas las circunstancias concurrentes en dicho supuesto, y ponderando en particular la naturaleza, la gravedad y la duración de la infracción, y sus consecuencias, y las medidas tomadas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento, o para impedir o mitigar las consecuencias de la infracción.

Si las multas administrativas se imponen a una empresa, por tal debe interpretarse e entenderse una entidad con arreglo a lo dispuesto en los artículos 101 y 102 del Texto Fundacional de la Unión Europea (TFUE).


SI LAS MULTAS NO SON A UNA EMPRESA

Si las multas administrativas se imponen a personas que no son una empresa, la autoridad de control debe tener en cuenta al valorar la cuantía apropiada de la multa, elementos tales, como el nivel general de ingresos prevaleciente en el Estado miembro, así como la situación económica de la persona el mecanismo de coherencia, también puede emplearse para fomentar una aplicación coherente de las multas administrativas....LEER NOTICIA COMPLETA.

La ingeniera ciega de 22 años que revoluciona Apple.

La ingeniera ciega de 22 años que revoluciona Apple

La joven fue contratada luego de dejar la hoja de vida en una feria laboral. Asegura que su misión es ayudar a que la tecnología sea más accesible a las personas no videntes.

Jordyn Castor es una de las ingenieras de Apple y está transformando la industria de la tecnología con tan solo 22 años. El punto clave en el trabajo de esta joven es hacer que los dispositivos puedan ser usados por cualquier persona, sin importar las condiciones que tengan. Castor es ciega. Nació 15 semanas antes de lo esperado y los doctores advirtieron a sus padres que la probabilidad de que sobreviviera era mínima.

Castor no solo superó su prematuridad sino que creció sin limitarse por su falta de capacidad visual. Cuando terminó el colegio entró a estudiar ingeniería a la Universidad de Michigan. El año pasado, en una feria laboral, dejó su hoja de vida en el stand de Apple. La compañía se interesó en ella porque la joven aseguró que quería ayudar a que la tecnología fuera más accesible a las personas ciegas.

Cuando la mujer entró a la compañía los representantes de la empresa la incorporaron al equipo de desarrolladores de VoiceOver. Este sistema se usa para que, por medio de los parlantes del dispositivo, una voz explique todo lo que hay en la pantalla y guie al usuario a través de ella.

La compañía fundada por Steve Jobs procura avanzar en inclusión y se empeña para que sus dispositivos puedan ser usados por todos. Uno de los lemas de Apple es “la inclusión inspira la innovación”.

Sarah Herrlinger, directora de la política de accesibilidad global e iniciativas de la empresa, aseguró que "estas aplicaciones aparecen en tu dispositivo independientemente de si eres alguien que las necesita o no. Estando ya incluidas en el sistema, son gratis. Históricamente, las personas ciegas y de visión reducida han tenido que comprar cosas adicionales o hacer descargas para poder usar la tecnología".

Los padres de Castor la impulsaron para que no creyera en las limitaciones. Le inculcaron que el hecho de ser ciega no significaba rendirse ante su condición sino buscar alternativas que le permitieran lograr lo que quisiera.

 

La joven ingeniera, además de hacer parte del equipo de VoiceOver, trabajó en el desarrollo de Swift Playground, una aplicación para niños no videntes que les enseña a programar. Castor es una de las esperanzas de Apple para la creación de software incluyente

http://www.elespectador.com/noticias/actualidad/ingeniera-ciega-de-22-anos-revoluciona-apple-articulo-643025.

Informática

Apple destapa aun más partes del código de iPhone y sigue sin explicar por qué

Apple destapa aun más partes del código de iPhone y sigue sin explicar por qué

La segunda versión beta de iOS 10 deja aún más componentes a la vista de los desarrolladores que podrían ayudar a detectar errores. Eso sí, la empresa sigue sin explicar su estrategia


Recientemente informamos de que Apple había sorprendido a los expertos en seguridad al facilitar la inspección del funcionamiento de una pieza clave de su sistema operativo móvil en una versión beta de una nueva versión que lanzará en otoño. Se cree que el cambio tiene muchas probabilidades de lograr que se identifiquen y solucionen una cantidad mayor de vulnerabilidades y fallos de seguridad dentro del código de Apple.

Esta semana, Apple subrayó su nueva política con un segundo lanzamiento beta de iOS 10. La primera versión beta se diferenció de los lanzamientos anteriores al dejar que cualquier interesado pueda ver el kernel (núcleo), que controla lo que pueden hacer las aplicaciones instaladas en un dispositivo. Los expertos en seguridad iOS informan de que la nueva versión beta deja muchos otros componentes a la vista.

El investigador de ciberseguridad Mathew Solnik explicó a MIT Technology Review que se trata de "un enorme cambio respecto a las políticas anteriores". No es el único que señala que la encriptación que Apple empleaba anteriormente para ocultar los componentes de iOS aumentó la cantidad de trabajo requerido para poder inspeccionar el funcionamiento interno del código de la empresa. Eliminarlo podría significar que más personas echen un vistazo, y por tanto que descubran y informen a Apple de más errores.

Hace mucho que Apple se jacta de la seguridad de sus productos. Pero el sistema operativo móvil de la empresa está siendo objeto de un escrutinio mucho mayor desde el enfrentamiento de Apple con el FBI este año. El organismo exigió a la compañía que le ayudara a desbloquear un dispositivo empleado por el responsable de un tiroteo masivo en San Bernardino, California (EEUU). El FBI abandonó su intento de obligar legalmente a Apple tras pagar a un tercero para que hackeara el dispositivo. Apple ha dicho que está trabajando para reforzar aún más sus prestaciones de seguridad.

A pesar de estos antecedentes, Apple no ha dicho que su cambio de rumbo al descubrir el código sea para ayudar a los investigadores de seguridad. La empresa inicialmente rehusó hacer comentarios cuando el primer lanzamiento beta de iOS 10 atrajo la atención pública, y después sólo emitió un comunicado que afirmaba que el cambio de política se debió a motivos de rendimiento. Apple rehusó explicar cuáles podrían ser esos beneficios de rendimiento....LEER NOTICIA COMPLETA.