La polémica entre Alemania y Google sobre la protección de datos de los ciudadanos del país germano se amplió al servicio Google Analitycs.

Las autoridades alemanas decidieron prohibirlo por considerar que no respeta la privacidad de los ciudadanos.

El gobierno alemán, además, advirtió que cualquier empresa que utilice este servicio de Google podría enfrentarse a acciones legales y multas, según informa el diario estadounidense The Wall Street Journal.

Google Analytics es un servicio gratuito para los propietarios de sitios web que recoge datos acerca de cómo interactúan los visitantes con un sitio web mediante el seguimiento de su dirección de protocolo de Internet (IP), un sello numérico asignado a los dispositivos en una red.

Los reguladores alemanes sostienen que la recopilación de direcciones IP podría violar la privacidad de los ciudadanos.

"Hasta ahora todo lo que Google nos ha presentado es insuficiente, así que hemos roto todo tipo de conversaciones", asegura el comisario alemán para la protección de datos en el país, Johaness Gaspar, informó la agencia Europa Press.

Por su parte, Google se defiende asegurando que Analitycs "cumple con todas las normativas europeas de protección de datos y es utilizada por las autoridades europeas de protección de datos en sus propios sitios webs".

Los problemas entre Google y las autoridades alemanas de protección de datos comenzaron en mayo de 2010. Las autoridades germanas descubrieron que los vehículos del sercicio Street View estuvieron recopilando datos privados mandados a través de redes WiFi no encriptadas. Google lo calificó como un error.

 

FUENTE: wwww.tecnologia.iprofesional.com

La Audiencia Nacional conocerá este miércoles un debate jurídico de enorme calado, hasta ahora casi inédito en España, aunque no en el entorno europeo, donde se habla, y mucho, del 'derecho (o no) al olvido'. En la Audiencia se verán cinco de los casi setenta recursos presentados por el buscador Google contra otras tantas resoluciones de la Agencia de Protección de Datos, que pretende obligar a la empresa a 'borrar' los datos del pasado de los demandantes. Estos alegan que tienen derecho a que sus vidas privadas no se conozcan a través de un medio universal como es la Red y reclaman, por tanto, que Google suprima determinadas cuestiones cuyo conocimiento por parte de la opinión pública estiman que puede perjudicarles.

Es la batalla clásica entre el derecho a la libertad de expresión versus derecho a la intimidad, ahora elevada al rango de Internet. Y, de la misma manera que a nadie se le hubiese ocurrido pedir que se queme una hemeroteca por el hecho de que los periódicos de papel informasen sobre determinados aspectos de la vida de un individuo que este quisiera que se olvidasen, ahora, cuando hablamos de la Red, sí estamos ante una demanda de este tenor: fuera las informaciones que pueden resultar 'comprometidas' para alguien. Con lo que, llevada esta doctrina al extremo, nos encontraríamos, en mi opinión, con una de las mayores formas de censura conocidas en nuestro tiempo.

Comprendo perfectamente los argumentos en contra, es decir, las tesis de aquellos que piden respeto para sus vidas privadas. Pero temo que la biografía de las gentes siempre está ahí y, en todo caso, potestad de los periódicos on-line o de las webs que publican esos datos comprometedores -pero veraces, claro- es suprimirlos; la tarea censora no se le puede encomendar a un buscador multinacional, cuya única misión es la de indexar páginas que otros han publicado. Google representa una oferta de archivo y documentación de magnitudes insospechadas hasta hace incluso menos de una década: va a resultar difícil, pienso, poner puertas a ese campo sin límites...

No es mi intención, por supuesto, defender a Google o a los buscadores de Internet, en general, frente a las agencias de protección de datos -por cierto, más flexibles en otros países europeos que en España-. Pero, como periodista y como ciudadano, en la dialéctica eterna entre la protección de un derecho u otro, me inclino siempre más bien por la libertad de expresión. Y sobre esto es sobre lo que a la Audiencia Nacional le corresponde dictaminar a partir de ahora: nada menos que empezar a adecuar la legislación vigente a la realidad que impone Internet, una realidad a la que las leyes, en España y en todo el mundo, viven prácticamente de espaldas. Ya es tiempo de corregir esta enorme carencia.

FUENTE: www.europapress.es

Google libra una sus batallas más importantes en los tribunales españoles. Hoy se verá las caras ante el juez con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) como rival. El magistrado deberá decidir cual de las partes tiene razón: si el gigante de la Red, que aboga por la libertad de expresión y cree que cualquier atentado contra esta se trataría de una censura, o el organismo nacional, que defiende el derecho a la intimidad de los ciudadanos.

En concreto, hoy se dirimirá la responsabilidad de la empresa norteamericana por la existencia en Internet de datos personales incluidos en el BOE y algunos artículos periódisticos. Estos datos, años después de ser 'colgados', siguen encontrándose entre los resultados que ofrece el buscador, motivo por el que la AEPD decidió, con su presidente Artemi Rallo al frente, tomar cartas en el asunto. Su exigencia es que no se incluyan en los índices de Google datos públicos sensibles, como los anunciados en el BOE o en otros boletines regionales. Pero Google no se da por aludida. La compañía se exculpa del uso o publicación de cualquier tipo de dato personal que pueda resultar comprometido para el afectado. Su argumento es simple: los culpables de sacar a la luz esas informaciones delicadas son las páginas webs, no los buscadores que actúan como meros intermediarios entre los internautas y los webmasters. Según esta teoría, que alegará en su defensa, serían los propios gestores de las páginas los únicos que podrían borrar los datos personales, no Google. En definitiva, la Justicia debe actuar en todo caso sobre el origen del problema -la web- y no sobre el que redirige al ususario de internet -el buscador-.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó el pasado mes de octubre el 'Informe de Cumplimiento de la LOPD en Hospitales', en el que se recogían los resultados y conclusiones de un análisis sobre el nivel de cumplimiento de las garantías de protección de datos en más de 600 centros hospitalarios públicos y privados de toda España. Entre las principales conclusiones, el análisis destaca un mayor grado de cumplimiento de la normativa por parte de los centros privados, con respecto a los públicos, en la mayor parte de los conceptos clave analizados: inclusión de cláusulas informativas en los formularios de recogida de datos; disponibilidad de procedimientos para atender el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; y, en general, en la implantación de medidas de seguridad y su auditoría periódica.

Otra de las conclusiones del informe hace alusión a la deficiente implantación de medidas de seguridad de los datos. Así, pese a que un 98% de los centros privados y un 83% de los públicos han elaborado el Documento de Seguridad previsto en el reglamento de la LOPD, existen centros sanitarios, principalmente públicos, en los que se constatan importantes deficiencias en la implantación de medidas para que los datos personales e información sanitaria de los pacientes sean adecuadamente custodiados y no puedan ser conocidos por terceros no autorizados.

Asimismo, otro de los aspectos que cabe destacar del informe es que el 86% de los centros hospitalarios, tanto públicos como privados, ha externalizado servicios que implican el tratamiento de datos personales por entidades distintas al propio centro. Por otra parte, el 40% de los públicos y el 15% de los privados carece de un registro de accesos a la información sanitaria y sólo el 55% de los centros públicos incluye cláusulas informativas en los formularios de recogida de datos, frente al 94,5% de los privados.

 

FUENTE: www.alimarket.es

El envío de comunicaciones publicitarias o promocionales no solicitadas o autorizadas por los destinatarios está prohibido según la Ley 34/2002.

La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (Ceaccu) ha denunciado ante la Agencia de Protección de Datos, la Comisión de Supervisión de Servicios de Tarificación Adicional y las autoridades de consumo, la campaña del programa Rico al instante, de Antena 3, por posible "spam" a teléfonos móviles y por práctica comercial agresiva.

A Ceaccu pertenece la Asociación Navarra de Consumidores y Amas de Casa Santa María La Real, donde afirman en una nota que varias socias han recibido mensajes del programa, en los que se comunica al destinatario que su número ha sido elegido para ganar 200.000 euros. Según el texto del mensaje, hay que enviar un mensaje al número 25354 de tarificación adicional (1,42 euros frente a los 0,15 céntimos que cuesta un mensaje normal). Además, la asociación dice que la persona que contesta se da de alta en un servicio de alerta, de manera que por cada mensaje que recibe debe pagar otros 1,42 euros.

 

FUENTE: www.diariodenavarra.es