En estos últimos días estoy recibiendo algunos correos de amigos, reenviados a su vez de otras personas, en los que con un cierto tono alarmista se nos trata de informar para que tengamos cuidado, ya que la Agencia Española de Protección de Datos está poniendo sanciones por no usar la copia oculta (CCO).

Estos correos dicen cosas como "Ojo al dato": Ya hay alguna sentencia por reenviar correos sin quitar los datos anteriores de otros usuarios. Todo vale, con el fin de recaudar dinero de los ciudadanos. Multas por mandar correos sin copia oculta. Multa de 600€ por no usar la CCO. Varios ciudadanos han sido multados con 600€ por no borrar direcciones a reenviar correos.

Quien elabora y difunde estas informaciones (que después circulan por la red a través de reenvíos masivos que hacen ciudadanos de buena fe), probablemente no conoce o conoce poco el derecho y mas concretamente la Ley Orgánica de Protección de Datos y su Reglamento. Por ello, es bueno que los juristas intervengamos para matizar, concretar y colocar en su sitio esta equivocada información.

Es cierto que la Agencia Española de Protección de Datos, entiende que la dirección de correo electrónico es un dato de carácter personal y en algunas contadas ocasiones, ha sancionado a personas físicas por haber enviado correos electrónicos sin utilizar la CCO. Pero no es menos cierto que la sanción a estos ciudadanos se aplicó no por el uso del correo en el ámbito doméstico, sino porque se trataba de usos en actividades profesionales o empresariales y en estos casos sí que resulta aplicable la Ley Orgánica de Protección de Datos. La AEPD sancionó a estas personas argumentando que cuando los datos que tenemos en nuestras agendas personales, salen de esta esfera personal y son utilizados para fines profesionales o empresariales, nos encontraríamos ante un tratamiento de datos incardinado en el ámbito de aplicación de la LOPD.

La Agencia Española de Protección de Datos ha archivado la denuncia del presidente de la Junta Municipal de Perín, Pedro Gallego (del PP), contra el concejal no adscrito y secretario general del partido político Socialistas por Cartagena (SPCT), Juan Luis Martínez, por una presunta vulneración de la Ley de Protección de Datos. Martínez publicó en un blog datos personales de Gallego y su cuenta bancaria, dentro de una denuncia pública por el presunto desvío irregular de dinero de obras por parte del Ayuntamiento. Martínez criticó que la alcaldesa tache de «deleznable» las denuncias de SPCT en la Fiscalía contra actuaciones de cargos municipales, pero permita a uno de sus pedáneos denunciar a un edil de la oposición.

 

FUENTE: www.laverdad.es

El pasado 18 de Febrero de 2.010, el presidente de la Junta Vecinal de Perín, Pedro Gallego Agüera, interpuso denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, por entender que Juan Luis Martínez Madrid había vulnerado la ley 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) al publicarse en el blog "La voz de los ciudadanos" datos personales del denunciante así como su cuenta bancaria. SPCT quiere poner de manifiesto que la LOPD, en su artículo 45, establece sanciones que pueden llegar hasta los 600.000 euros.

Con fecha 2 de Febrero de 2.011 la Agencia Española de Protección de Datos decidió archivar la denuncia interpuesta por el Presidente de la Junta Vecinal de Perín, contra el secretario general de SPCT, al entender que nada de lo que era acusado, ha resultado ser cierto.

En los últimos días hemos asistido a las palabras desproporcionadas de la Sra. Alcaldesa, cargando contra la concejala Carmen Martínez, acusándola de actitud deleznable, vertiendo sobre ellas acusaciones falsas sobre manifestaciones acusatorias de corrupción en los medios de comunicación contra la Sra. Montero, que en ningún caso se han producido y exigiéndole la petición de perdón público por el archivo de la causa del CAI de la Aljorra, por parte del Juzgado de Instrucción n° 5 de Cartagena, en virtud de la imputación penal que la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Murcia hizo en su día contra la Sra. Montero.

Desde SPCT queremos manifestar, que la petición de perdón pública que exigía la Sra Alcaldesa hace unos días, debiera haberla exigido si así lo estimaba conveniente, a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que fue quién vio indicios de delito y envió el caso al Juzgado, ante la información puesta a su disposición por la concejala Carmen Martínez.

En segundo lugar que los excesos verbales de la Sra. Alcaldesa tienen en el día de hoy su justa contestación, al archivar una demanda puesta por un dirigente municipal de su partido, designado por ella, que utilizando las vías que considero oportunas en su día, acusó al secretario general de SPCT de un delito que ha resultado archivado.

La Agencia Española de Protección de Datos ha abierto una investigación, a instancias de Nintendo, sobre el acceso por parte de un tercero a cuatro mil datos de personas inscritas en una campaña de promoción de la compañía que consistía en celebrar eventos en distintas ciudades españolas para probar la Nintendo 3DS. La web de la campañaPrueba y verás era de 8media.

Nintendo ha denunciado ante la policía y la Agencia Española de Protección de Datos a un internauta, de apodo adan gecko, por revelación de secretos y amenazas. El motivo es un correo que les envió en el que les describía un agujero de seguridad de la página promocional del evento de Nintendo por el que había tenido acceso a datos personales de cuatro mil personas inscritasen el citado sitio. En el correo se decía que "Dada la gravedad de la infracción es mi deber como ciudadano comunicar su existencia a las autoridades y eventualmente a los afectados por ella. No obstante, he de reconocer que por mi parte existe cierto interés y admiración por su empresa y sus productos, y que por lo tanto no querría perjudicar su imagen, cosa que seguramente ocurriría si la situación llegase a conocimiento público. Por todo ello, le propongo iniciar una vía de negociación dialogante por la cual lleguemos a un acuerdo que nos evite esfuerzos legales innecesarios tanto a la empresa que usted dirige como a mí personalmente".

Nintendo consideró que estaba siendo objeto de un chantaje. Según fuentes de la compañía, no respondieron al mismo y denunciaron el hecho a la policía, que ayer tomó declaración al autor el mismo, un ciudadano de Málaga.

Adan gecko, a través de Elotrolado.net, ha descrito su versión de lo sucedido. Mientras que Nintendo asegura que han sometido la página a peritaje exterior y se han detectado maniobras de hacking, el autor niega que se necesitara ninguna habilidad para acceder a los datos del sitio Prueba y Verás. Bastaba con ir a la página de admisión y sin introducir ningún dato personal tras clicar en el botón de enviar se accedía al citado listado. Lo descubrió el 6 de febrero.

En el citado foro, el internauta, que publicó los correos, escribe que lamenta que sus palabras se malinterpretasen. El alcance que quiso dar al término "negociación" es objeto de debate en el propio foro.

 

FUENTE: www.elpais.com

El descubridor del fallo de seguridad en un sitio web de Nintendo Ibéricaha sido denunciado por la compañía por los delitos de 'revelación de secretos' y 'amenazas'. Nintendo asegura que el denunciado robó datos de unos 4.000 usuarios y amenazó a la compañía.

Precisamente el denunciado, usuario del sitio Elotrolado.net bajo el pseudónimo 'adan_gecko', ha narrado en varios comentarios publicados en los foros de dicho sitio web su versión de los hechos, es decir, tanto el fallo de seguridad del sitio web Prueba y Verás (Creado para la compañía por 8media) como el modo en el que se había puesto en contacto con la compañía de videojuegos, e incluso su experiencia durante su toma de declaración en comisaría.

Así, el pasado 8 de febrero el usuario escribió un comentario en un hilo dedicado a la campaña Prueba y Verás que Nintendo creó para reservar cita y probar la nueva Nintendo 3DS en varias ciudades españolas.

En dicho comentario, 'adan_gecko' afirma que "8media le hicieron a Nintendo una página de reservas tan chapucera que sin meter usuario ni contraseña permitía ver, modificar y descargarse los datos personales de cualquier suscrito a la campaña".