En medio de la implementación del Sistema Integral de Videovigilancia Urbana con 15 cámaras ubicadas en distintos puntos de Rosario, desde el programa Base de Datos, (fm 107.1) se comunicaron con Oscar Puccinelli, camarista civil en los Tribunales de Rosario.
¿Se hicieron todos los pasos que se debían hacer para la activación de las cámaras?
Hay una ley nacional de protección de datos, la 25 326 que establece una serie de requisitos a llevar adelante antes de cualquier registración de datos que provienen de imágenes.
En la provincia se ha dictado una ley de vigilancia que todavía no se ha terminado de reglamentar, pero que tiene algunos pasos previos. Las normas internacionales, lo que establecen es que tiene que haber órganos de control. En el ámbito nacional hay un órgano de control que no alcanza a los bancos de datos público locales. En la provincia de Santa Fe todavía no hay una ley de adhesión que tiene obligación de hacer y protege los datos públicos. La municipalidad tampoco lo ha hecho. Si hablamos de una legalidad absoluta del procedimiento yo te diría que no. La comunidad europea nos ha llamado la atención desde 2002 por la falta de adhesión de las provincias y la falta de órganos de control. Nunca se ha llegado a un acuerdo sobre un sistema de control local. Generalmente se trata de buscarlo dentro del ámbito del Ministerio de Justicia sin independencia, y eso genera recelo porque quien controla es quien ejecuta el sistema.
¿Cuáles son los riesgos en están en estos casos?
Lo que ocurre es que esos datos se pueden usar de cualquier manera. No me deja tranquilo que la guardia urbana los controles. Esos datos deben destruirse luego de una determinada cantidad de tiempo. La venta de datos es muy común, y si en la comunidad europea hay una regulación establecida, por qué no seguir ese mismo orden. Hay que estar adecuados con órganos de control para que esos datos no se usen de manera ilícita.
¿En el ámbito municipal no hay una reglamentación?
No, en ninguno de los tres niveles; nacional, provincial o municipal. No estamos en contra de las cámaras, todo lo contrario. Las cámaras de vigilancia son una medida contra la inseguridad, pero deben ser estrictas en cuanto a quienes las controlarán. Exigir un control. Que lo hagan los empleados municipales, no garantiza nada.
¿Esta reglamentación necesariamente debe darse o puede quedar como está ahora?
Si no se venció el plazo, estamos al vencer. Aunque no se reglamente hay parte de la ley que es operativa. La destrucción de las imágenes, los carteles indicadores de que va a ser filmado, una suerte de garantía. Y otra parte de la ley, pertenece al plano de la reglamentación. La ley provincial dice que todos los mecanismos establecidos allí, por parte del estado y los privados tienen que tener autorización. Por lo tanto los que se hayan adelantado luego deberán acomodarse a la reglamentación.
Además del tema de la seguridad, ¿está el tema de juicios civiles?
Lo que dice la ley provincial es que toda persona que razonablemente tenga la idea de que fue captada por una cámara tiene acceso a esas imágenes. Y eso solo puede ser denegado a través de una orden judicial. Pero hay que tener en cuenta que uno solo pide datos propios, sino sí hay que recurrir a la justicia.
Argentina adhirió a una ley europea y adoptó su normativa, la Ley 25.326, por eso debe estar acorde a ella y su directiva.
FUENTE: www.puntobiz.com.ar