Tal como se había acordado en varias sesiones y consensos, el Legislativo aprobó el decreto 52-2010, norma que pretende imponer controles a unos 150 mil agentes privados en el país.
Con el apoyo de la mayoría se aprobó la ley que establece delitos como el de servicio ilegal de seguridad privada, que será sancionado con prisión de seis a 12 años y multa de Q100 mil.
En la misma responsabilidad incurrirán quienes contraten empresas o a personas no autorizadas para brindar ese servicio.
Enmienda cuestionada
Durante la jornada, el Pleno aprobó una enmienda con la cual se excluye a los extranjeros para prestar el servicio de escoltas o de investigación privada.
El diputado unionista Mariano Rayo cuestionó esa enmienda, al considerar que podría ser objeto de impugnación, debido a que contraviene el principio de libertad de contratación y trabajo establecido en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y la Ley de Inversión Extranjera.
También la norma establece para mejorar el control de las empresas la creación de una dirección adscrita al Ministerio de Gobernación, con la función exclusiva de autorizar licencias de operación y funcionamiento del servicio.
Además, tendrá la facultad de suspender o cancelar la licencia, efectuar vistas de control, fiscalización, supervisión de las empresas e imponer sanciones administrativas o pecuniarias, así como vigilar que los agentes sean capacitados.
Obligaciones de las empresas
Las firmas de seguridad quedan obligadas a presentar anualmente una nómina del personal operativo y administrativo, con copia de cédula, certificaciones de estudios y documentos que acrediten sus calidades para esos cargos, así como documentos que demuestren la propiedad, registro e inventario de armas y municiones.
Las empresas deben garantizar el seguro de vida para sus trabajadores y seguro de responsabilidad civil a favor de terceros.
Entre los requisitos para ser guardia privado está ser mayor de edad, y en caso de haber pertenecido al Ejército o a cualquier otra institución relacionada con inteligencia o seguridad, demostrar que su salida no se originó por causas como la comisión de un delito, violación de derechos humanos o incumplimiento de obligaciones.
La referida ley cataloga a los agentes así: vigilantes, quienes no pueden portar arma de fuego; guardias, quienes portan arma de fuego y han cursado ciclo de educación básica; escoltas privados, quienes pueden portar arma y han aprobado el ciclo diversificado; e investigadores privados.
Nery Morales, vocero del Ministerio de Gobernación, comentó: “Hay dos aspectos importantes, uno es el control que se pueda tener sobre el número de guardias, y segundo es que si tienen conocimiento de algún hecho ilícito, se coordinen de inmediato con la Policía Nacional Civil”.
Agenda para hoy
Ayer, el oficialismo intentó aprobar de urgencia la iniciativa con los bonos por US$210 millones para la reconstrucción, pero se rompió el quórum, por lo que esperan conocerla hoy.
También hoy se prevé conocer en el Congreso en primera lectura el proyecto de presupuesto para el 2011; y aprobar la ley de extinción de dominio, que pretende confiscar bienes al crimen organizado, además de la ley antievasión 2, que dotaría al Estado de recursos.
FUENTE: www.prensalibre.com