La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) manifestó que el ánimo de la institución “no fue violentar el principio de máxima publicidad” en el caso en el que el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) dio cuenta del oficio donde el ex subprocurador de Recursos Naturales de la Profepa, José Ramiro Rubio, “alertaba” a la empresa Desarrollo Punta La Paz, sobre la forma en que podría ampararse contra una resolución de ese órgano garante de la transparencia.

En un comunicado, la Profepa destacó que ante la información requerida la empresa “consideró pertinente ampararse y ahora se sabe que el Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Administrativa, con residencia en el Distrito Federal, le concedió el amparo”.

En el texto, la Procuraduría detalló que en noviembre de 2008 llevó a cabo acciones de inspección en las materias de impacto ambiental, zona federal marítimo terrestre y forestal a un proyecto ubicado en Baja California Sur, cuyas copias solicitó un particular a través del Ifai.

“La Profepa respondió que dicha información estaba reservada, pues se trataba de procedimientos de inspección abiertos (en trámite), que, además, son seguidos en forma de juicio.

“Sin embargo, el Ifai emitió una resolución en la que ordenaba a la Profepa que entregara la documentación solicitada, lo que representaba una violación a lo que la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) establece en su artículo 159-Bis-4, por lo que se le avisó al inspeccionado que la institución no se hacía responsable de que la información que se había declarado como reservada, se convirtiese en pública”.

 

FUENTE: www.jornada.unam.mx