La Procuraduría General de la República (PGR) deberá entregar información sobre la cantidad de droga asegurada, en kilos o toneladas, en el Distrito Federal y el Estado de México, de 2005 a enero 2011.
Lo anterior, por instrucción del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), que ordenó a la dependencia dar la información desglosada por año, delegación o municipio donde se hizo el aseguramiento y tipo de droga.
En una primera respuesta, la PGR proporcionó a un particular dos tablas en las que incluía el tipo de droga (mariguana, semilla de marihuana, cocaína, psicotrópicos y metanfetaminas) y la cantidad asegurada por año, sin especificar si se trataba de kilos o toneladas.
El ahora recurrente impugnó la respuesta y presentó recurso de revisión ante el IFAI, mediante el cual manifestó que la información que le fue entregada era incompleta, ya que la Procuraduría no incluyó datos, como delegación y municipio.
La comisionada ponente María Marván analizó el contenido de la Ley Orgánica de la PGR, su Reglamento y el Manual de Organización General, y determinó que la dependencia está en posibilidad de contar con la información solicitada y en el nivel de detalle requerido.
Lo anterior, dijo, en virtud de que tanto la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas, el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia y las Delegaciones de la PGR tienen dentro de sus atribuciones llevar a cabo acciones de control estadístico, registro, seguimiento, coordinación y supervisión respecto de actividades de aseguramiento, como es el caso de drogas diversas.
La comisionada Marván Laborde dijo que es posible que la información se encuentre en los archivos de la PGR, de forma desagregada, porque para las acciones de aseguramiento es necesario iniciar una averiguación previa, lo cual implica la existencia de un expediente por cada aseguramiento que contiene la información del municipio o delegación del Distrito Federal donde se hizo.
Explicó que una vez hecho el aseguramiento se debe registrar la cantidad asegurada en el expediente correspondiente.
Así el pleno del IFAI acordó revocar la respuesta de la PGR y le instruyó a hacer una búsqueda exhaustiva de la información en la que deberá especificar la unidad de medida (kilogramos o toneladas), como lo solicitó el recurrente.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que la PGR no cuente con la información a nivel de detalle requerido, ya sea de los municipios del Estado de México o de las delegaciones del Distrito Federal, ésta deberá declarar formalmente la inexistencia, precisando de cuáles localidades no cuenta con la información.
FUENTE: www.eluniversal.com.mx