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Un abogado culpó once veces a un cliente de sus propias multas de tráfico

La Agencia de Protección de Datos ha sancionado con 6.000 euros a un abogado por culpar a un excliente suyo hasta en once ocasiones de sus propias infracciones de tráfico, alegando que él era el conductor real. El cliente, que vive en México, aseguró que ni había conducido el coche, ni había estado en España cuando se decía, y, al final, le han dado la razón.


La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a un abogado con 6.000 euros por echar la culpa a uno de sus clientes de sus propias infracciones de tráfico.

El abogado, según la sentencia del organismo, alegó hasta en once ocasiones que él no conducía el vehículo que cometió las faltas de circulación, y aseguró que el verdadero responsable (es decir, quien debía ser sancionado) era otra persona.  

El supuesto infractor había sido su cliente en el pasado, de ahí que el abogado contara con sus datos personales, y que pudiera usarlos a su favor.

Y es que, según el documento, cada vez que el abogado recibía una multa, se oponía a su pago, acudía a Tráfico y presentaba por escrito que el conductor real había sido otra persona, que vivía en México.

Pero, cuando el supuesto infractor recibió en su domicilio del país americano una Notificación del Ministerio del Interior, denunció que ni había conducido el coche, ni había estado en España cuando decían las multas.

Para defender su inocencia, el cliente afirmó que los datos falsos los estaba aportando un abogado que en España le había llevado un pleito, y con el que, hasta entonces, había mantenido una relación de amistad.

Al final, la disputa no ha pasado por los Juzgados, sino que ha sido resuelta directamente por la Agencia Española de Protección de Datos.

En poco más de un año, el organismo ha resuelto que el abogado debe pagar 6.000 euros por incluir los datos falsos de su cliente, una sanción que tiene en cuenta que sus últimos ingresos anuales no superaban los 33.350,68 euros.

A pesar de que la sanción es casi una quinta parte del dinero que cobra al año el abogado, desde el portal www.salirdeinternet.com aseguran que la multa podría haber sido mucho más elevada.

Como señala el despacho de abogados, especializado en protección de datos, "en este caso, la sanción podría haber alcanzado los 300.000 euros y se ha impuesto únicamente una de 6.000 euros, al haberse considerado la escasa repercusión y la ausencia de reincidencia, lo que parece discutible después de once ocasiones".

Es más, según el portal, ha habido sanciones económicas más drásticas en el pasado. "En el año 2011, por ejemplo, la Agencia impuso una sanción de 4.000 euros por una sola identificación incorrecta (en el caso actual, son once), y, si nos remontamos hasta 2006, encontramos dos sanciones de 60.101,21 euros a dos empresas por estas prácticas".

FUENTE:Lainformacion.com